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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PUGA ALVAREZ JOSE BENIGNO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por $1.320.573,50 y ordenó medidas cautelares sobre automotor. El Tribunal ordenó continuar la ejecución, libró mandamientos de embargo y registro, impuso costas al vencido y dejó regulada la cuestión de honorarios para oportunidad legal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Embargo automotor af021dv Interes art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Domicilio judicial (estrados) Costas al vencido Reglamentacion de honorarios (art. 51 ley 14967) Registro de la propiedad automotor Notificacion ministerio legis

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: JOSE BENIGNO PUGA ALVAREZ. Objeto: Ejecución de deuda fiscal por la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON 50/100 ($1.320.573,50), con intereses del artículo 104 del Código Fiscal; y medidas ejecutivas/embargo sobre dominio del automotor (dominio AF021DV) y demás diligencias de apremio. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; se impuso costas al vencido; se postergó la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista por la ley; se tuvo por constituido domicilio judicial de la demandada en los estrados del Juzgado y se notificó ministerio legis. Asimismo se agregaron al expediente diligencias remitidas al Registro de la Propiedad Automotor y mandamientos diligenciados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Agréguese en formato digital el oficio diligenciado acompañado por la parte actora, dirigido al Registro de la Propiedad Automotor por el cual se anotara el embargo sobre el dominio AF021DV, el 06/08/2026 oportunamente ordenada en autos. Agréguese el mandamiento diligenciado acompañado por la parte actora en formato electrónico. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del término legal, conforme lo dispuesto por la Ley 13.406, habiendo sido intimado de pago y notificado de la presente en el domicilio FISCAL: CALLE HIPOLITO YRIGOYEN
- NRO. 49
- CP. 7109
- LOC. MAR DE AJO; FALLO: 1) Mándese llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado JOSE BENIGNO PUGA ALVAREZ haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON 50/100 ($1.320.573,50) con más los intereses del art. 104 del Código Fiscal, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el día del efectivo pago, imponiendo las costas al vencido (art. 68, 556 del CPCC). 2) Postérguese la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el artículo 51 de la ley 14967. 3) Tiénese a la demandada por constituído el domicilio en los Estrados del Juzgado, quedando notificada "ministerio legis" de la presente y futuras resoluciones que recayeran en autos (arts. 13 y 25 Ley 13.406; 41 y 133 del CPCC). REGISTRESE. La presente se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA."

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