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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PEREZ SERGIO LEANDRO S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal promovida por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra Pérez por deuda por $1.411.557,70. El Tribunal tuvo por presentado el título ejecutivo y homologó un acuerdo de pago, dio por concluido el proceso y reguló honorarios por $149.250, autorizando oficiales de justicia Ad Hoc.

Ejecucion fiscal Acuerdo de pago Mandamiento de intimacion Embargo inoficioso Honorarios $149.250 Fisco provincia de buenos aires Titulo ejecutivo Oficina de justicia ad hoc Ley 13.406 Tasas y sobretasa de justicia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Perez Sergio Leandro. Objeto: Ejecución fiscal por suma de Pesos Un Millón Cuatrocientos Once Mil Quinientos Cincuenta Y Siete Con 70/100 ($1.411.557,70) en concepto de capital reclamado, con más el 30% presupuestado prima facie por intereses y costas de la ejecución; se tramita demanda de ejecución fiscal (arts. 1 y 2 Ley 13.406). Decisión: Se tuvo por presentado el título ejecutivo, se libró mandamiento de intimación de pago y embargo (aunque devino inoficioso), se designaron oficiales de justicia Ad Hoc, se agregaron y tuvieron por acompañados y acreditados el acuerdo de pago, tasas, aportes y constancias electrónicas; se declaró por concluido el proceso por haberse acompañado acuerdo de pago; se regularon y reconocieron honorarios al apoderado fiscal por $149.250,00 y se tuvo por percibidos los honorarios según la cláusula segunda del acuerdo. Notifíquese por Secretaría a la ejecutante.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original del Tribunal): "III.
- Tiénese presente el título ejecutivo agregado en forma electrónica. Por incoada demanda de ejecución fiscal (arts 1 y 2 Ley 13.406). Conforme las disposiciones del art. 7 Ley 13.406: Líbrese por Secretaría mandamiento de intimación de pago y embargo contra Perez Sergio Leandro con domicilio Fiscal: Calle Avenida Manuel Belgrano
- Nro. 722
- Dto. 1
- Cp. 1619
- Loc. Garin, por la suma de Pesos Un Millon Cuatrocientos Once Mil Quinientos Cincuenta Y Siete Con 70/100 ($1.411.557,70) en concepto de capital reclamado, con más el 30% que se presupuesta prima facie para responder a intereses y costas de la ejecución; deviniendo inoficioso el libramiento del mandamiento solicitado en virtud de lo que a continuación se resuelve:" "VI.
- Tiénese presente el acuerdo de pago acompañado y por concluido el proceso. Regístrese." "VII.
- Atento al estado de autos, regúlense los honorarios convenidos de la siguiente manera: al Dr. Mariðo Mirna Deborah en su carácter de apoderado fiscal en la suma de Honorarios Pesos Ciento Cuarenta Y Nueve Mil Doscientos Cincuenta Con 0/100 ($149.250,00), con más los aportes legales correspondientes (cfr. art. 22 Ley 13.406). Regístrese." "VI.
- Según surge del texto de la cláusula segunda del acuerdo de pago, tiénense por percibidos los honorarios profesionales del Letrado Apoderado del Fisco, por cumplidos los aportes legales (cfr. arts. 21 y 22 Ley 6.716). Por abonadas la tasa y sobretasa de justicia, respectivamente, en base al monto liquidado conforme constancia de "página web" acompañada. Notifíquese por Secretaría a la ejecutante (cfr. art. 10 del "Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos", Anexo I, Ac. SCBA N° 4039/21)."

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