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CARBAJAL COSTA HUBER S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicitó dictar la declaratoria de herederos por el fallecimiento de Huber Carbajal Costa. El Tribunal declaró herederas a las hijas Maria Noelia y Ana Eleonora Carbajal Rodriguez y a la cónyuge Josefa Rodriguez Vizoso, fundando la decisión en la documentación de estado civil, la publicación de edictos y los informes registrales y del Ministerio Público.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Matrimonio Hijos Edictos (art. 734 c.p.c.) Registro de juicios universales Ministerio fiscal Codigo civil y comercial (arts. 2424 2426 2433) Juzgado civil y comercial n?15 mar del plata Notificacion automatizada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Solicita la declaratoria la Dra. Maria Elena Ciappina en representación de los pretensos herederos. Demandado: No surge demandado concreto; se tramita el procedimiento sucesorio ab-intestato para la determinación de herederos. Objeto: Que se dicte la declaratoria de herederos de la sucesión ab-intestato de Huber Carbajal Costa (DNI 92.375.420), fallecido el 20/3/2022 en Mar del Plata. Decisión: Se declaró que le suceden como herederos las Sras. Maria Noelia Carbajal Rodriguez y Ana Eleonora Carbajal Rodriguez (hijas) y la Sra. Josefa Rodriguez Vizoso (cónyuge), con las precisiones sobre bienes propios y derechos sobre gananciales; se cesó la intervención del Agente Fiscal y se ordenó notificación automatizada.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): "Que con el certificado acompañado en fecha 22/12/2025 se acredita el fallecimiento del Sr. Huber Carbajal Costa (DNI 92.375.420) ocurrido el día 20/3/2022 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires." "Que con la copia certificada del acta adjunta en fecha 17/11/2025, se acredita el matrimonio del causante con la Sra. Josefa Rodriguez Vizoso celebrado el día 11/2/1991 en esta ciudad." "Que con las copias certificadas de las actas adjuntas en la última fecha antes indicada, se acredita el nacimiento de las hijas del causante: Sras. Maria Noelia Carbajal Rodriguez, ocurrido el día 15/8/1977; y Ana Eleonora Carbajal Rodriguez, ocurrido el día 9/5/1979, ambas en C.A.B.A." "Que con los ejemplares y recibos agregados en fechas 9/2/2026 y 10/8/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento del Sr. HUBER CARBAJAL COSTA -DNI 92.375.420
- le suceden en carácter de herederos sus hijas las Sras. Maria Noelia Carbajal Rodriguez y Ana Eleonora Carbajal Rodriguez, y su cónyuge la Sra. Josefa Rodriguez Vizoso, esta última en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales. Cése la intervención del señor Agente Fiscal. Notifíquese de manera automatizada al domicilio constituido electrónico por las partes y del Sr. Fiscal conforme lo previsto por el art. 10 de la Ac. 4013/21 de la SCBA (art. 1 Ac 3991/20 SCBA). Regístrese."

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