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VISCARDI SERGIO MARCELO C/ BOGARIN SERGIO DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de una colisión entre su Fiat Palio y una motocicleta, reclamando $17.407.000. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, atribuyó la responsabilidad al conductor y titular de la moto (Bogarín) y condenó también a la aseguradora en la medida de la cobertura, fijando una condena por $31.409.630 más intereses.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Danos y perjuicios Seguro obligatorio / citacion en garantia Reparacion integral Incapacidad (14 4%) Dano psiquico (10%) Dano material / reparaciones Condena por monto e intereses

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sr. Sergio Marcelo Viscardi. Demandado: Sr. Sergio Daniel Bogarín; se cita en garantía a TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (auto vs. moto) ocurrido el 12/12/2023; rubros reclamados por $17.407.000 (gastos médicos, incapacidad física, daño moral, psicólogo, reparaciones, privación de uso, desvalorización, etc.). Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda; condena al Sr. Bogarín y a la aseguradora citada en garantía (en la medida de la cobertura) a pagar la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 31.409.630) más los intereses establecidos, y condena en costas al demandado y a la aseguradora. Se difiere regulación de honorarios y tratamiento del art. 730 del CCCN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Dicho ello, habrán de valorarse la prueba recogida en autos." "Así las cosas, descriptos 'ut supra' los medios probatorios colectados en la especie y la ubicación de los daños de los vehículos involucrados, puede advertirse que el actor al llegar a la intersección de las calles Matheu y Monseñor Marcón de la localidad de San Justo, gozaba de la prioridad de paso, al arribar por el lado derecho de la moto." "En su virtud tengo para mí que el hecho se produjo en razón de no haber respetado el moto-vehículo de la accionada la prioridad de paso de que gozaba el actor, y no adoptar las precauciones exigidas para trasponer la encrucijada, cuando quien circulaba por su derecha tenía prioridad de paso." "Como colofòn la responsabilidad civil por el siniestro objeto de autos resulta atribuible al conductor y titular de la moto, Bajaj Dominial 250 dominio A167FSI, Sr. Sergio Daniel Bogarini..." "1º) HACER LUGAR parcialmente a la demanda instaurada por el actor Sr VISCARDI SERGIO MARCELO y, en consecuencia, condenar al Sr. BOGARINI SERGIO DANIEL y a la aseguradora citada en garantía 'TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA' , esta última en la medida de la cobertura contratada -conforme considerando VI), a abonar dentro del plazo de diez días de ejecutoriada la presente la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 31.409630), ello con más los intereses establecidos en el considerando VII) hasta su efectivo pago." (Se consignan como relevantes las citas textuales precedentes del decisorio; no hubo votos en disidencia.)

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