FINANPRO SRL C/ ESQUIVO ERICA JOHANA S/ COBRO EJECUTIVO
Incidente de recusación en causa de cobro ejecutivo. El Tribunal admitió la recusación sin causa ordenando la baja de las actuaciones de los libros de Secretaría y la remisión a la Receptoría General de Expedientes para designar el nuevo Juzgado interviniente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FINANPRO S.R.L.
Demandado: ESQUIVO ERICA JOHANA
Objeto: Cobro ejecutivo (Exp-LP-60576-2026)
Decisión: Se admitió la recusación sin causa formulada por la peticionante; se dio de baja las actuaciones de los libros de Secretaría y se confirió vista a la Receptoría General de Expedientes para que designe el nuevo Juzgado que deba intervenir (art. 16 CPCC).
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual aparecen en el pronunciamiento):
"Tiénense por recibidas la demanda y documental remitidas digitalmente, a los fines del inicio de estos obrados, de conformidad con lo dispuesto por la Res. SC N°593/20."
"En mérito de lo solicitado y lo normado por el art. 14 del CPCC, admítese la recusación sin causa efectuada por la peticionante. En consecuencia, dense de baja las actuaciones de los libros de Secretaría y confiérase vista a la Receptoría General de Expedientes, en forma digital al domicilio electrónico alejandro.raggio@pjba.gov.ar, a fin que proceda a designar el nuevo Juzgado que corresponda intervenir en estas actuaciones (art. 16 del código ritual). REGISTRESE."
Nota procesal complementaria incluida en el expediente: "En la misma fecha se dió de baja de los libros de entrada de Secretaría. En igual fecha se confiere vista electrónicamente a la Receptoría General de Expedientes. Conste."
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