ZARATE LILIANA NOEMI S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitan declaratoria de herederos por fallecimiento de Liliana Noemí Zárate; se declara herederos a sus tres hijos. El Tribunal hizo lugar a la petición y, conforme al dictamen del Agente Fiscal y la documentación aportada, declaró a Javier Luján Piñero, Alejandro Gabriel Piñero y Andrea Fernanda Piñero como herederos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Peticionaria Verónica Basso, abogada, actuando en autos por la sucesión ab-intestato de Liliana Noemí Zárate.
Demandado: Causante/fallecida Liliana Noemí Zárate (se tramita la sucesión).
Objeto: Se solicita dictar la declaratoria de herederos por la muerte de Liliana Noemí Zárate y tramitar la sucesión ab-intestato.
Decisión: Se hizo lugar a la petición y se dictó la declaratoria de herederos, declarando como herederos a los tres hijos: Javier Luján Piñero; Alejandro Gabriel Piñero; y Andrea Fernanda Piñero. Asimismo cesó la intervención del Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"II. Que con el certificado acompañado digitalmente con el escrito inicial se acredita el fallecimiento de la Sra. Liliana Noemi Zarate ocurrido el día 4 de junio del año 2022 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."
"III. Que con la libreta de familia que luce en autos se acredita el matrimonio del causante con Guillermo Luján Piñero celebrado en el mes de septiembre del año 1980"
"V. Que con los certificados acompañados se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: Javier Lujan Piñero, ocurrido el día 5 de abril de 1993 , Alejandro Gabriel Piñero, ocurrido el día 16 de diciembre de 1981 y Andrea Fernanda Piñero, ocurrido el día 12 de noviembre de 1991, todos en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."
"I. Que con el ejemplar agregado con fecha 15/8/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.C.."
"IV. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de Liliana Noemi Zarate le suceden en carácter de herederos sus hijos: JAVIER LUJAN PIÑERO, ALEJANDRO GABRIEL PIÑERO Y ANDREA FERNANDA PIÑERO. 2do.) Cese la intervención del señor Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
(Se consignan las constancias de oficios consultados: Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos, y constancia negativa de beneficio del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, así como la publicación de edictos y vencimiento de plazos certifcado por el Actuario.)
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