FERRARELLO CARLOS HUMBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó declaración de herederos por sucesión ab-intestato de Carlos Humberto Ferrarello. El Tribunal declaró por derecho que le suceden como herederos universales sus hijos Carlos José, Cristina Elsa y Cristian Javier Ferrarello y su cónyuge Graciela Noemí Galiani, conforme al Código Civil y Comercial y el CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: D. H. (solicitante del trámite de sucesión).
Demandado: No hay demandado individualizado en el expediente.
Objeto: Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento de CARLOS HUMBERTO FERRARELLO (sucesión ab-intestato).
Decisión: Se declaró que por fallecimiento de CARLOS HUMBERTO FERRARELLO, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos CARLOS JOSÉ FERRARELLO, CRISTINA ELSA FERRARELLO y CRISTIAN JAVIER FERRARELLO y su cónyuge GRACIELA NOEMI GALIANI; además se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Se ordenó registro y se notificó electrónicamente conforme a la Acordada 4039/2021 SCBA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de CARLOS HUMBERTO FERRARELLO, ocurrida el 7/3/2001."
"Que este había contraído matrimonio con GRACIELA NOEMI GALIANI, el día 15/7/1983 (conforme surge de las constancias acompañadas al escrito liminar)."
"Que de esa unión nacieron CARLOS JOSE FERRARELLO (29/10/1983), CRISTINA ELSA FERRARELLO (16/8/1985) Y CRISTIAN JAVIER FERRARELLO (30/1/1987) (ver partidas acompañadas al escrito liminar)."
"Que con los diarios y recibos conforme surge de la presentación de fecha 22/7/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2426, 2427, 2428 Y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado por Ley 26.994) y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CARLOS HUMBERTO FERRARELLO, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CARLOS JOSE FERRARELLO, CRISTINA ELSA FERRARELLO Y CRISTIAN JAVIER FERRARELLO y su cónyuge GRACIELA NOEMI GALIANI y a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
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