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MATTIOLI ROBERTO RAUL S/ INFORMACION SUMARIA CON EXPEDIENTE

El actor solicitó la rectificación de su partida de nacimiento para que conste la filiación paterna con Héctor Rafael Canziani. El Tribunal rechazó la petición por entender que no se trata de una simple rectificación registral sino de incorporación de filiación y que existen inconsistencias probatorias, remitiendo al accionante a la vía adecuada (art. 582 CC) y reguló honorarios.

Informacion sumaria Rectificacion de partida Filiacion paterna Presuncion de filiacion matrimonial (art. 243 c.c. / art. 566 ccycn) Accion de filiacion (art. 582 ccycn) Registro civil Sucesion ab-intestato Rechazo procesal Honorarios (20 jus) Acordada 4039/2021 scba observaciones breves: la sentencia concluye que la via de la informacion sumaria no es idonea para incorporar la filiacion paterna al acta de nacimiento Advierte contradicciones probatorias (declaracion anterior del propio actor indicando que la causante no ha tenido hijos con el sr. canziani) y remite al actor a promover la accion prevista en el art. 582 del codigo civil y comercial de la nacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Roberto Raúl MATTIOLI, representado por la Dra. Lorena Elizabeth MATTIOLI. Demandado: No se individualiza persona física en el decisorio; la petición se dirige respecto de la rectificación/inscripción en el Registro Civil (oficial interviniente). Objeto: Se solicita la rectificación de la partida de nacimiento para que conste la filiación paterna con Héctor Rafael CANZIANI, a fin de acreditar el vínculo paterno-filial requerido en un expediente sucesorio. Decisión: Rechazar la solicitud de rectificación de partida; regular honorarios de la letrada apoderada del accionante en 20 jus arancelarios y adicionar aportes legales; notificar electrónicamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "VII.
- En atención a lo precedentemente analizado y lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal, no tratándose el caso planteado en autos de una simple rectificación de partida, sino de la incorporación de la filiación paterna al acta de nacimiento, y en virtud de las inconsistencias que surgen de las pruebas adunadas, considero que debe desestimarse lo solicitado por Roberto Raúl MATTIOLI, debiendo efectuar, en su caso, la acción por la vía idónea para ello (conf. art. 582 CCYCN).-" "III. Que con fecha 18/06/2025 se confiere vista al Agente Fiscal en turno, quien el día 4/07/2025 procede a dictaminar que corresponde rechazarse la demanda incoada en virtud que lo requerido en el presente es la incorporación de la filiación paterna a su acta de nacimiento, siendo la información sumaria la vía incorrecta para ello." "Que oportunamente se le solicito al peticionario que se expida y aclare el estado civil de la referida causante y como consecuencia de ello, con fecha 5/07/2012 (ver fs. 41) se acompañó la partida de matrimonio de la causante María Magdalena MATTIOLI con el Sr. Héctor Rafael CANZIANI, manifestando en el punto IV de la presentación, de manera expresa y positiva, que 'la causante no ha tenido hijos con el Sr. CANZIANI' Es decir que el mismo Roberto Mattioli, que aquí solicita la rectificación de la partida, requiriendo se adicione la filiación paterna, expreso que Maria Magdalena MATTIOLI no tuvo hijos con el Sr. CANZIANI."
- Dispositivo transcrito (parte resolutiva final): "RESUELVO: 1ro.) Rechazar la solicitud de rectificación de partida efectuada por Roberto Raúl MATTIOLI. 2ro.) A fin de dar cumplimiento con el art. 21 de la ley 6716 (T.O. Ley 10.268), se regulan los honorarios... Dra. Lorena ELizabeth MATTIOLI... en la suma de 20 JUS ARANCELARIOS... 3ro.) REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE."

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