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VALDES ANGELICA HAYDEE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitan declaratoria de herederos por fallecimiento de Angélica Haydée Valdés; se peticiona la sucesión intestada a favor de su hija. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que le sucede como heredera universal CLAUDIA PATRICIA VALDES, fundando la decisión en certificados del RENAPER, certificado de defunción y publicidad de edictos conforme art. 734 y concordantes.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Heredera universal Renaper Certificado de defuncion Publicacion de edictos Art. 734 cpcc Art. 2337 c.c. y c.n. Notificaciones electronicas Estado civil soltera.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CLAUDIA PATRICIA VALDES, representada por la Dra. Liliana Alicia Nieva. Demandado: No corresponde; trámite de declaratoria de herederos. Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato de Angélica Haydée Valdés y reconocimiento de la actora como heredera universal. Decisión: Se hizo lugar al pedido y se declaró que, por fallecimiento de Angélica Haydée Valdés, le sucede en carácter de heredera universal su hija CLAUDIA PATRICIA VALDES. Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA y el certificado de defunción adjunto, se acredita el fallecimiento de ANGELICA HAYDEE VALDES ocurrido el día 13/05/2024." "Que ésta era de estado civil soltera." "Que la causante tuvo una hija, llamada CLAUDIA PATRICIA VALDES nacida el día 22/04/1965." "Que con los diarios y recibos obrantes en autos se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del CPCC, y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del CPCC. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del CPCC, y arts. 2337, 2424, 2426 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ANGELICA HAYDEE VALDES le sucede en carácter de universal heredero su hija CLAUDIA PATRICIA VALDES. REGISTRESE." (Se deja constancia de la notificación electrónica conforme art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, Ac. 4013/2021 de la SCBA.)

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