Legajo Nº 9 - IMPUTADO: FERREYRA, OBDULIO SAUL s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
Legajo de ejecución contra Obdulio Saúl Ferreyra por cumplimiento de reglas de conducta y cómputo de pena. La Cámara ordenó archivar el legajo al constatar el vencimiento de la pena, la ausencia de nuevos procesos y la existencia de informes y retención de la suma correspondiente a la multa.
¿Quién es el actor?
Tribunal Oral Federal de San Martín 4 (legajo de ejecución).
¿A quién se demanda?
Obdulio Saúl Ferreyra (DNI 27.223.879).
- Objeto de la demanda: trámite de ejecución penal respecto del cumplimiento de reglas de conducta, cómputo de la pena y destino de la multa impuesta en la sentencia condenatoria.
¿Qué se resolvió?
Se archivó el presente legajo de ejecución de Obdulio Saúl Ferreyra.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"II. Conforme surge del cómputo de pena, el nombrado permaneció detenido ... desde el 8 de julio del año 2015 hasta el 29 de abril del año 2016, fecha en la que fue excarcelado. Luego, a partir del 11 de mayo del año 2017 se encontró detenido en forma ininterrumpida para este expediente. En consecuencia, la pena impuesta venció el 18 de octubre de 2021 y caducará a todo efector registral el día 18 de octubre de 2031."
"III. Con fecha 14 de enero de 2020, el Tribunal Oral en lo Federal de San Martín 1, Tribunal de feria, resolvió '(…) I. TENER por cumplidos los extremos del artículo 140 de la ley 24.660 para la reducción de dos (2) meses en los plazos requeridos para el avance a través de las distintas fases y períodos de progresividad del sistema penitenciario respecto de OBDULIO SAÚL FERREYRA (art. 140 inc. “c” de la ley 24.660). II. CONCEDER la libertad condicional de OBDULIO SAÚL FERREYRA (artículo 13 del C.P.), a partir del día de la fecha ... hasta el día 18 de octubre de 2021, fecha en que operará el vencimiento de la pena...'"
"V. Respecto del pago de la multa de $4.395,60, corresponde señalar que en las presentes actuaciones se encuentra secuestrada la mencionada suma dineraria, depositada en el Banco de la Nación Argentina, sucursal Mercedes, la cual fuera puesta a disposición exclusiva de este Tribunal."
"VI. Con fecha 14 de agosto del 2025, se solicitó al Registro Nacional de Reincidencia que se actualizaran los antecedentes penales que pudiera registrar el nombrado. Según surgió de lo informado el 18 de agosto de 2025, Obdulio Saúl Ferreyra no registraba nuevos procesos penales."
Final dispositor: "Por ello y en mi carácter de juez de ejecución RESUELVO: ARCHIVAR el presente Legajo de Ejecución de Obdulio Saúl Ferreyra. Regístrese, notifíquese, publíquese (Acordada 15/2013 CSJN)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la parte resolutiva final es única y fue firmada por el Juez de Cámara.
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