PERRONE, MONICA CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamó la actora contra ANSeS el reajuste de haberes y pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 (diferido su análisis para ejecución), declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
PERRONE, MONICA CLAUDIA (actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales y pago de diferencias retroactivas; cuestión sobre aplicación de PBU, topes legales, intereses moratorios, impuesto a las ganancias, y constitucionalidad de normas (ley 27.609 y DNU 157/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala B, por acuerdo, resolvió confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto a los puntos materia de agravios, revocar la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 (diferir su análisis para la etapa de ejecución), declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida, y regular honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como en la sentencia):
"I) Confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes mencionados. II) Revocar la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y diferir para la etapa de ejecución su análisis. III) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423. IV) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia a los profesionales de la parte. Insértese, hágase saber, publíquese y oportunamente, devuélvanse los autos al Juzgado de origen."
"En lo relativo al planteo formulado sobre los intereses moratorios, se advierte que la sentencia recurrida reprodujo la doctrina del precedente de Sala 'A' ... Por lo que corresponde rechazar el agravio y confirmar la sentencia en este punto."
"Sobre las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo' ... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos y disidencia relevante: La Dra. Elida I. Vidal fue la redactora del voto que expone los razonamientos citados; la Dra. Silvina Andalaf Casiello adhirió en lo sustancial. El Dr. Aníbal Pineda manifestó disidencia respecto de la solución relativa a la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 (se remitió a sus fundamentos en autos "MAS, MABEL GLADIS..."), pero la decisión de la Cámara siguió la mayoría y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, difiriendo su análisis para la ejecución.
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