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POCKER SA C/ CODYELA SA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El actor promovió demanda de cobro sumario por factura impaga por suministro de carne (ROAST BEEF) por $779.821,70. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $779.821,70 más intereses desde el 18/07/2024, por existir acreditada la deuda según prueba contable y confesión ficta de la demandada.

Cobro sumario Factura impaga Compraventa mercantil Pericia contable Confesion ficta (art. 415 cpcc) Intereses compensatorios (bco. provincia de bs. as. descuento 30 dias) Mora (vencimiento 18/07/2024) Costas al vencido Sentencia de primera instancia Causa penal conexa (denuncia por estafa)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: POCKER S.A., representada por el Dr. Pedro Javier Molina. Demandado: CODYELA S.A., representada por el Dr. Eduardo Huber. Objeto: Cobro sumario de suma de dinero por factura N° 0003-00075958 (08/07/2024) y remito N° 00103677 (05/07/2024) por PESOS SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON SETENTA CENTAVOS ($ 779.821,70), más intereses y costas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a CODYELA S.A. a pagar a POCKER S.A., dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, la suma de $779.821,70 más interés compensatorio conforme la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días, computados desde la fecha de mora (18/07/2024) y hasta el efectivo pago. Costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "CUARTO: A la luz de tal concepto he de abocarme al análisis de las pruebas producidas en autos a los fines de comprobar si evaluados dichos elementos de conformidad con las reglas de la sana critica (arts. 384 y ccdtes del C.P.C.C.), resultan idóneos para acreditar los extremos invocados por la actora." "De la pericia contable efectuada por la experta contadora público MABEL BEATRIZ DIGIGLIO con fecha 14/05/2026 ... sostiene que ha tenido a la vista el libro digital de iva de 07/2024 en el cual figura la factura reclamada en autos... Afirma que la deuda se encuentra activa en los registros de la parte actora al 31/12/2025, no he tenido pagos de la misma a posteriori... No ha visto pagos de esta factura asentados ni deducidos de las cuentas a cobrar." "QUINTO: Asimismo, cabe hacer lugar al pedido de la parte actora ante la incomparecencia injustificada de la parte demandada el representante legal de la empresa CODYELA S.A., a la audiencia confesional ... que autoriza a tenerla por confesa en los términos del art. 415 del C.P.C.C., ... resultando concordante con los demás elementos colectados en autos." "SEXTO: Así las cosas, conforme los elementos probatorios incorporados y producidos en autos, información que valoro de acuerdo a las reglas de la sana crítica (arts. 384, 415 y 474 del C.P.C.C.), tengo por acreditado que se hallaban así las partes vinculadas por un contrato de compraventa mercantil... no habiéndolo hecho así, tal circunstancia otorga al demandante el derecho a obtener judicialmente el pago del expresado precio, con más sus accesorios (art. 730 del Código Civil y Comercial), razón por la cual debe actuarse la pretensión. Por ello la presente demanda ha de prosperar por la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON SETENTA CENTAVOS ($ 779.821,70.-), suma que resulta del monto de la factura adeudada." "SEPTIMO: ...los mismos han de correr respecto de la factura reclamada... con vencimiento el 18/07/2024... Respecto a los intereses, cabe determinar que el capital devengará un interés compensatorio la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días... computados desde las distintas fechas de la mora 'supra' señaladas y hasta el efectivo pago."
- Observaciones relevantes: Se valoró pericia contable que dejó la factura registrada en los libros de POCKER S.A. y sin pago. Se tuvo por confesional la incomparecencia del representante de CODYELA S.A. a la audiencia confesional (art. 415 CPCC). Existe una causa penal conexa por denuncia de POCKER S.A. contra terceros que no está resuelta; el Tribunal no la consideró impeditiva para hacer lugar al cobro en sede civil.

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