SUAREZ MARIA GRACIELA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Petición de declaración de herederos ab-intestato por fallecimiento de María Graciela Suárez. El Tribunal declaró herederos universales a sus tres hijos NORMA GRACIELA, GRACIELA ANDREA y RAÚL OSCAR RUEDA y, respecto de los bienes propios, también heredero al cónyuge RAÚL OSCAR RUEDA, por cuanto se acreditaron vínculo y cumplimentación de edictos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Las personas que se presentaron en autos invocando derechos: NORMA GRACIELA; GRACIELA ANDREA; RAÚL OSCAR RUEDA.
Demandado: No existe parte demandada específica; se tramita la sucesión ab-intestato de SUAREZ MARIA GRACIELA.
Objeto: Declaración de herederos ab-intestato por el fallecimiento de SUAREZ MARIA GRACIELA (f. 04/06/2024), conforme arts. 2337, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC.
Decisión: Se declaró que por fallecimiento de SUAREZ MARIA GRACIELA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos NORMA GRACIELA, GRACIELA ANDREA y RAÚL OSCAR RUEDA; y se declaró heredero, en cuanto a los bienes propios, al cónyuge RAÚL OSCAR RUEDA, sin perjuicio de derechos sobre gananciales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Con el certificado presentado en fecha 15/12/25 se acredita la defunción de SUAREZ MARIA GRACIELA, ocurrida el 04/06/2024..."
"De la citada unión nacieron: Norma Graciela el 22/01/76, Graciela Andrea el 18/10/71, y Raúl Oscar 01/04/74."
"Que con las constancias acompañadas consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC. y art. 2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Sra. Actuaria en este acto."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial (arts. 3410, 3565 y 3570 del Código Civil) y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de SUAREZ MARIA GRACIELA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos NORMA GRACIELA, GRACIELA ANDREA Y RAÚL OSCAR RUEDA y SUAREZ y su cónyuge RAÚL OSCAR RUEDA a quien también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales (art. 498 CCyCN), únicas personas presentadas en autos invocando derechos y habiendo acreditado vínculo en esta sucesión. REGISTRESE."
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