CRIVELLI FRANCISCO MARTIN Y OTRO/A C/ FERNANDEZ NESE GABRIEL EMILIO Y OTROS S/ ACCION NEGATORIA
Los actores promovieron acción negatoria para que se cesen supuestas ocupaciones y se restablezcan los límites de su parcela en Hermanos Islas 2661. El Tribunal rechazó la demanda por falta de prueba sobre el límite invadido y hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de Sandra Mariel Melian y Silvia Mabel Melian por tratarse de bienes en cabeza de sus cónyuges.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Francisco Martín Crivelli y Mirta Cristina Dechnik.
Demandado: Pedro Raúl Simmons; Sandra Mariel Melian; Gabriel Emilio Fernández Nese; Silvia Mabel Melian; Rodolfo Clemente Molinuevo.
Objeto: Acción negatoria (arts. 2262 y 2263 CCCN) para que cesen supuestas turbaciones de la posesión, retiro de tendidos de alambrado que invadirían la parcela de los actores, y/o reducción de servidumbres impuestas irregularmente; subsidiariamente daños y perjuicios.
Decisión: Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Sandra Mabel Melian y Silvia Mabel Melian, rechazándose la demanda en su contra con costas; y se rechazó en su totalidad la demanda interpuesta por Crivelli y Dechnik contra Raúl Pedro Simmons, Gabriel Emilio Fernández Nese y Rodolfo Clemente Molinuevo, con costas. Notifíquese. Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El art. 2262 del CCCN establece: 'Legitimación pasiva. La acción negatoria compete contra cualquiera que impida el derecho de poseer de otro, aunque sea el dueño del inmueble, arrogándose sobre él alguna servidumbre indebida. Puede también tener por objeto reducir a sus límites verdaderos el ejercicio de un derecho real'."
"Surge también de dicho informe que ambos son casados y por tal razón señala el Sr. Crivelli que demanda también a las Sras. Sandra Mariel Melian y Silvia Mabel Melian, ya que dado el carácter ganancial del inmueble, también resultan propietarias, por lo que debe rechazarse la excepción en tratamiento (ver escritos de fecha 04/12/2023 y 06/03/2025). El régimen legal que regula la administración y disposición de los bienes gananciales establece que los bienes gananciales adquiridos a nombre de uno de los cónyuges son administrados exclusivamente por ese titular (art. 1276 del CC; art. 470 del CCCN). En base a ello, dado que la acción iniciada contra las excepcionantes fue motivada por encontrarse el inmueble en cabeza de los respectivos cónyuges -según lo expuesto por el actor al contestar las excepciones
- y no por actos materiales de perturbación realizados personalmente por ellas, cabe hacer lugar a la excepción opuesta por ambas demandadas, con costas al actor (arts. 68, 345 inc. 3 del CPCC)."
"En base a esta prueba mencionada, aunada a la documental acompañada en la demanda, analizada a la luz de la regla de la sana crítica, no cabe tener por acreditados los dichos del actor en cuanto a que los vecinos demandados se encuentren invadiendo el terreno de su propiedad (arts. 384, 385, 456, 395, 396 y ccs. del CPCC). No ha producido el actor prueba alguna tendiente a acreditar cuál era el límite exacto de su parcela y la invasión denunciada, por lo que no cabe más que rechazar la demanda, CON COSTAS en su calidad de vencido (art. 68 del PCCC)."
Bloque dispositivo final transcripto:
"Por todo lo expuesto, de acuerdo a lo normado por los arts. 3, 2262, 2263 y ccs. del CCCN, arts. 68, 163, 345 inc. 3, 384, 394 y ccs. CPCC, FALLO: 1) Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las demandadas Sandra Mabel Melian y Silvia Mabel Melian, y en consecuencia, rechazando la demanda interpuesta contra ellas, con costas al actor; 2) rechazando la demanda interpuesta por Francisco Martín Crivelli y Mirta Cristina Dechnik, con contra Raúl Pedro Simmons, Gabriel Emilio Fernández Nese y Rodolfo Clemente Molinuevo, con costas. Notifíquese. Regístrese."
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