CLAFIN S.A. C/ VALLEJOS LUCAS JESUS S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo reclamando capital por $732.000 y sucesivos intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó la liquidación del capital y fijó como tope de intereses la tasa activa de descuento del Banco de la Pcia. de Buenos Aires, imponiendo las costas al demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CLAFIN S.A.
Demandado: LUCAS JESUS VALLEJOS
Objeto: Cobro ejecutivo del capital reclamado por PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL ($732.000,00) más intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar la ejecución hasta que el ejecutado pague íntegramente el capital de $732.000,00; se fijaron los intereses desde la fecha de mora y su tope; se impusieron las costas al demandado; se diferirió la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los Estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del plazo legal que establece el art. 540 del CPCC y encontrándose el demandado LUCAS JESUS VALLEJOS, intimado de pago y citado de remate con fecha 05/08/2026 conforme surge de la presentación electrónica del día 07/08/2026 en el domicilio de la calle MARIO BRAVO N° 620 PLANTA BAJA, de la localidad de GRAND BOURG, partido de MALVINAS ARGENTINAS, provincia de Buenos Aires, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar y téngasele su domicilio por constituído en los Estrados del Juzgado."
"Que en cuanto a los intereses que deberán aplicarse al caso de autos, siendo que en las operaciones financieras para consumo y en las de crédito para consumo deberá consignarse la tasa de interés efectiva anual y su omisión hace aplicable lo intereses previstos en el art. 36 de LDC, resultando dicha tasa aplicable siempre y cuando se encuentren dentro de los parámetros de razonabilidad, y de los límites de impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres (arts. 10 y 11 del CCCN) siendo por ende pasibles de morigeración por parte del juzgador en caso de exceder esos límites. Atento lo expuesto, conciliando las exigencias de justicia y equidad, las pautas que surgen de las premisas de orden público y buenas costumbres, y en atención a la facultad morigeradora del Juez entiendo prudente y razonable fijar como tope de los intereses liquidables -moratorios, compensatorios y punitorios
- en su conjunto, la tasa de interés fijada por el Banco de la Pcia de Buenos Aires para sus operaciones de DESCUENTO (tasa activa) a treinta (30) días por ser ésta la institución bancaria oficial que la fija dentro del ámbito de esta Pcia. en cada período de aplicación ello desde la fecha de mora acaecida el dia 05/06/2025 y hasta su efectivo pago (arts. 768 y 771 del CCCN)."
FALLO:
"1º) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado LUCAS JESUS VALLEJOS, haga al acreedor CLAFIN S.A., íntegro el pago del capital reclamado que asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL ($732.000,00) que se liquidará a partir de la fecha de mora operada el día 05/05/2025 y hasta el efectivo pago los intereses establecidos en el considerando tercero del presente decisorio.
2º) Imponer las costas del presente proceso a la parte demandada que resulta vencida.
3º) Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente para una vez que quede firme la liquidación de capital que deberá practicar la actora.
4º) Tener al demandado por constituído su domicilio en los Estrados del Juzgado."
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