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COSTA, EDUARDO ALFREDO c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

El afiliado promovió acción de amparo para obtener cobertura urgente de tratamiento oncohematológico con Teclistamab, Tocilizumab y gammaglobulina. El Juzgado Federal de Victoria hizo lugar al amparo y ordenó a PAMI autorizar de inmediato y de manera integral la provisión de los medicamentos prescritos, además de imponer costas y regular honorarios por $2.188.200.

Amparo Pami Derecho a la salud Teclistamab Tocilizumab Gammaglobulina Medida cautelar innovativa Costas Honorarios $2.188.200 Reserva caso federal


¿Quién es el actor?

EDUARDO ALFREDO COSTA (afiliado a PAMI).

¿A quién se demanda?

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI).
- Objeto de la demanda: acción de amparo con medida cautelar innovativa para obtener cobertura integral, urgente y continua del tratamiento oncohematológico prescripto: Teclistamab (set up y dosis semanal 1,5 mg/kg), Tocilizumab 8 mg/kg (2 dosis) y gammaglobulina (500 mg/kg, 30 g mensual).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó al PAMI autorizar en forma inmediata, total e integral la provisión de los medicamentos indicados; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios del letrado patrocinante por $2.188.200 (21 UMA). Se dejó constancia de la reserva del caso federal. Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
- “Que, en este sentido, cabe resaltar que la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha considerado que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional (Fallos: 302:1284).”
- “Que, en referencia a la preeminencia de la indicación realizada por el médico tratante, el Tribunal de Alzada -en posición que el suscrito comparte
- tiene dicho de manera inveterada que: '…las obras sociales no pueden evaluar la conveniencia o no de una prestación acordada por el médico de cabecera del paciente cuando éste justifica debidamente su necesidad, ya que es el único responsable de las prescripciones que emite...' (Conf. 'GERSTNER GONCEBATT, VERONICA SOLEDAD c/ ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES s/ AMPARO LEY 16986').”
- “Que, la conducta desplegada por PAMI al denegar la provisión del medicamento prescrito se configura como un acto de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta que lesiona de forma directa y actual el derecho constitucional a la salud y a la vida de la amparista.”
- “d) Por todo ello, habiéndose evaluado los hechos según las reglas de la sana crítica, como así también teniendo en consideración el plexo normativo, constitucional y convencional aplicable, concluyo que debe hacerse lugar a la acción de amparo en todos sus términos, debiendo la demandada autorizar en forma inmediata, total e integral de los siguientes medicamentos Teclistamab:
- Set up 1: 0,06 mg/kg, Step up 2 0,3 mg/kg,
- Dosis de tratamiento 1,5 mg/kg semanal; Tocilizumab 8 mg/kg (prevenir síndrome de liberación de citoquinas) 2 dosis – Gammaglobulina para prevención de infección (500 mg/kg) dosis 30 gramos mensual, conforme prescripción médica.” Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio final. Hechos y datos relevantes incorporados:
- Edad del actor: 82 años. Diagnóstico: mieloma múltiple sintomático (diagnosticado en noviembre de 2020). Prescripción del tratamiento: 26/06/2026. Respuesta administrativa inicial de PAMI requiriendo carta documento (recibida 13/07/2026). Medida cautelar previamente ordenada y cumplida parcialmente (autorización e inicio de provisión por tres ciclos antes de esta sentencia). Honorarios regulados: PESOS DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS ($ 2.188.200) -21 UMA-.

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