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PERALTA SANDRO FRANCISCO C/ FERNANDEZ MONTERO MANUEL Y OTROS S(9)/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra la propietaria y conductor de una Citroën Berlingo. El Tribunal admitió la demanda, declaró la responsabilidad objetiva de María Cristina Puleo (titular registral) y de Manuel Fernández Montero (guardían/conductor), y condenó al pago de $18.096.200 más intereses, con extensión de la condena a la aseguradora Federación Patronal S.A.U.

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dueno y guardian Indemnizacion Jus ley 14967 Intereses 6% anual Extension a aseguradora (art.118 ls) Pericia medica Perjuicio moral.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sandro Francisco Peralta. Demandado: Manuel Fernandez Montero y Maria Cristina Puleo. Cita en garantía: Federación Patronal S.A.U. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 07/03/2024; monto reclamado $61.737.500 (más o menos), intereses y costas. Decisión: Se admitió la demanda y se condenó a Manuel Fernandez Montero y a Maria Cristina Puleo al pago de $18.096.200 (equivalente a 339.95 JUS, ley 14967), con intereses desde el 07/03/2024 hasta el efectivo pago a la tasa pura del 6% anual; se impusieron las costas a los demandados; se extendió la condena a la citada en garantía Federación Patronal S.A.U. en los términos del art. 118 ley 17.418; se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del pronunciamiento, lenguaje original del tribunal): "En el caso de autos, se encuentra acreditado que Maria Cristina Puleo resultaba ser titular registral al momento del accidente (7 de marzo de 2024) del vehículo Citroen Berlingo dominio GJC991... Por otra parte, el codemandado Manuel Fernandez Montero al no contestar demanda no ha negado que en oportunidad del accidente se encontraba al comando del vehículo, por lo que tengo por reconocida tal circunstancia (art. 354 inc. 1ro. CPCC). En este contexto, es correcto imputar responsabilidad objetiva en su calidad de dueña a Maria Cristina Puleo y a Manuel Fernandez Montero en su rol de guardián por detentar este último el control material del vehículo en ocasión del accidente (art. 1758 CCyC)." "En atención a lo analizado en el ´considerando cuarto´ el monto de la condena asciende a la suma de $18.096.200 que equivale hoy a 339.95 JUS arancelarios ley 14967, debiéndose calcular el monto de la misma al momento del efectivo pago al valor vigente en dicha oportunidad de la unidad arancelaria en cuestión... Los intereses correspondientes se calcularán desde el día del evento de autos 07/03/2024 hasta la fecha del efectivo pago aplicándose la tasa pura del 6% anual." Bloque dispositivo final (texto literal del RESUELVO, extracto): "Admitir la demanda incoada por Sandro Francisco Peralta contra Manuel Fernandez Montero y Maria Cristina Puleo; Condenar a la parte demandada identificada en el punto 1, al pago en el plazo de diez (10) días de la suma de $18.096.200 que equivale hoy a 339.95 JUS arancelarios ley 14967, debiéndose calcular el monto de la misma al momento del efectivo pago al valor vigente en dicha oportunidad de la unidad arancelaria en cuestión (cfr. SCBA 'Barrios', c. 124.096, Sent. del 17/04/24) con más los intereses determinados en el considerando 5; Imponer a Manuel Fernandez Montero y Maria Cristina Puleo las costas del presente juicio. Hacer extensiva la condena a la citada en garantía Federación Patronal Sau en los términos del art.118 de la ley 17.418; Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 de la ley 14967)."

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