BOUZADA GRACIELA CRISTINA S/ INFORMACION SUMARIA CON EXPEDIENTE
La solicitante promovió información sumaria para acreditar convivencia con el causante a fin de tramitar pensión por fallecimiento ante la Caja de Retiros de la Policía Federal. El Tribunal tuvo por acreditada la convivencia permanente e ininterrumpida desde el 24/9/2012 hasta el 6/9/2025 en Vuelta de Obligado 4668, y ordenó expedir el testimonio pertinente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GRACIELA CRISTINA BOUZADA, patrocinada por la Dra. Verónica Robelo.
Demandado: No hay contraparte; trámite voluntario destinado a ser presentado ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. (Causante: CARLOS ALBERTO DE ANTUENO, fallecido 06/09/2025).
Objeto: Información sumaria para acreditar convivencia pública, notoria, estable y singular en carácter de pareja/concubina, a fin de obtener beneficio de pensión derivada del fallecimiento del causante.
Decisión: Se hace lugar a la información sumaria; se tiene por acreditado que la Sra. Graciela Cristina Bouzada convivió de manera permanente e ininterrumpida con Carlos Alberto De Antueno desde el 24/9/2012 hasta el 6/9/2025 en Vuelta de Obligado 4668, Mar del Plata; líbrese el testimonio pertinente una vez firme y consentida la resolución. No se imponen costas. Se regulan honorarios de la letrada en 20 JUS (equivalentes a $1.064.640 al valor señalado).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En las presentes actuaciones y con el resultado de la prueba producida, se adelanta que la acción entablada debe prosperar (art. 384 del CPC)."
"Con la documentación que obra reservada en Secretaría y que tengo a la vista en este acto, que no fuera cuestionada, se acredita el fallecimiento de CARLOS ALBERTO DE ANTUENO ocurrido el día 6 de septiembre de 2025, en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires (conforme Acta 280 Tomo 17D Año 2025 del Registro Provincial de las Personas de Mar del Plata) y donde consta que tenía su domicilio en calle Vuelta de Obligado n°4668 de la ciudad de Mar del Plata."
"Surge que la Sra. GRACIELA CRISTINA BOUZADA fue beneficiaria del seguro por fallecimiento del Sr. DE ANTUENO... y que le fue abonado mediante depósito en cuenta N° 448072-9300 con fecha 16 de octubre de 2025... Acredita asimismo con una constancia de la FUNERARIA CONSTITUCION COCHERÍA... que la Sra GRACIELA CRISTINA BOUZADA... en carácter de conviviente, consta como responsable de la contratación del servicio de cochería y sepelio... Se acompaña copia del contrato de servicio integral de cremación... donde consta que el mismo fue contratado por la Sra. GRACIELA CRISTINA BOUZADA..."
"De las declaraciones testimoniales y de los oficios producidos surge prueba concordante respecto de la convivencia en el domicilio de Vuelta de Obligado N° 4668; en consecuencia, teniendo en cuenta el criterio de la sana crítica, considero que con la prueba producida (...) ha quedado debidamente acreditado, a los fines de ser presentado ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, que la Sra. GRACIELA CRISTINA BOUZADA, mantenía una relación de convivencia con el Sr. CARLOS ALBERTO DE ANTUENO, desde el día 24 de septiembre de 2012 hasta el día 6 de septiembre de 2025, sin interrupciones en el domicilio de la calle Vuelta de Obligado N° 4668 de Mar del Plata..."
FALLO (extracto dispositvo):
"1) Haciendo saber que se tiene por acreditado que GRACIELA CRISTINA BOUZADA ... convivió con el Sr. CARLOS ALBERTO DE ANTUENO ... de forma permanente e ininterrumpida desde el día 24 de septiembre de 2012 hasta el día 6 de septiembre de 2025 ... en el domicilio de la calle Vuelta de Obligado N° 4668 de Mar del Plata, a los fines de ser presentado ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. Una vez firme, consentida y ejecutoriada ... líbrese el testimonio pertinente."
- Notas sobre prueba: se valoraron documentos reservados (acta de defunción, constancia de orden recíproca de cuenta mutual, depósito del subsidio por fallecimiento, contrato y factura de servicios fúnebres y cremación, oficios de Clínica y Cementerio, constancias de ANSES, informe de dominio y cédula azul del vehículo) y múltiples testimonios de vecinos y conocidos que corroboraron convivencia y permanencia en el domicilio indicado.
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