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HUDEMA, LUIS OSCAR c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

Reclamó Luis Oscar Hudema la recalculación y actualización de su haber previsional por haberes en relación de dependencia y aportes autónomos. La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo conforme a la doctrina de la CSJN (Elliff y Makler) y diferir cuestiones de PBU y topes para la etapa de liquidación.

Prestaciones previsionales Recalculo de haber Elliff Makler Pbu Topes jubilatorios Anses Actualizacion de remuneraciones Confiscatoriedad Costas


¿Quién es el actor?

Luis Oscar Hudema.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Impugnación de acto administrativo; reclamo de recalculo y actualización del haber inicial del beneficio previsional N° 14-0-081715005 (adquirido el 09/11/2021), incluyendo la consideración de remuneraciones en relación de dependencia y aportes como autónomo, y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y tratamiento de topes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos los puntos materia de agravios; ordenó el reajuste del haber aplicando las pautas previstas por la CSJN (Elliff para remuneraciones en relación de dependencia y Makler para aportes autónomos), diferió al estado de liquidación la determinación sobre eventual actualización de la PBU y sobre la procedencia de impugnaciones a topes, y reguló costas por su orden.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "…el empleo de un indicador salarial en materia previsional no tiene como finalidad compensar el deterioro inflacionario sino mantener una razonable proporción entre los ingresos activos y pasivos, que se vería afectada si en el cálculo del haber jubilatorio no se reflejaran las variaciones que se produjeron en las remuneraciones (causas “Sánchez” y “Monzo” …)." "Que dicha inteligencia fue definitivamente consolidada en el precedente Blanco, Lucio Orlando c/ ANSES s/ reajustes varios, en el cual el Máximo Tribunal estableció que corresponde aplicar el índice utilizado en 'Elliff' para las remuneraciones devengadas hasta el 28 de febrero de 2009, rechazando la sustitución por el índice RIPTE para dicho período." "En cuanto al agravio referente a la aplicación del precedente 'Makler Simón', siendo que el mismo estableció que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, en cada momento histórico con el fin de evitar que no se refleje el esfuerzo contributivo realizado por la aportante, a diferencia del régimen de la ley 18.038, resulta acertada su aplicación para la determinación de los haberes percibidos por el actor como autónomo." "…la eventual procedencia de la actualización señalada estará determinada por la existencia de confiscatoriedad y dicha circunstancia debe ser evaluada necesariamente en la etapa de liquidación… la revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) no está supeditada al recálculo de las demás prestaciones, sino más bien a la influencia que la falta de aumento de este componente pueda tener sobre el total del haber inicial…"
- Votos: El Dr. Mario Osvaldo Boldú emitió el voto que abre el acuerdo y propone confirmar la sentencia; los Dres. Mirta Delia Tyden y Fabián Gustavo Cardozo adhieren. No hubo disidencia.

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