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C., F. Y OTRO c/ BRISTOL MEDICINE S.R.L s/AMPARO LEY 16.986

Amparo colectivo contra BRISTOL por aumentos de cuotas y declaración de inconstitucionalidad de normas del DNU 70/2023. La Cámara hizo lugar a la apelación, declaró inconstitucionales los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023 respecto de la derogación de arts. 5.g y 17 de la ley 26.682 y ordenó limitar los aumentos al IPC acumulado y que la Superintendencia fije la cuota conforme a los criterios del fallo.

Amparo Dnu 70/2023 Inconstitucionalidad Ley 26.682 Cuotas de medicina prepaga Indice de precios al consumidor (ipc) Superintendencia de servicios de salud Costas Bristol medicine s.r.l. Apelacion


¿Quién es el actor?

C., F. y otro (carátula: “C., F. Y OTRO c/ BRISTOL MEDICINE S.R.L s/ AMPARO LEY 16.986”).

¿A quién se demanda?

BRISTOL MEDICINE S.R.L. (y demás demandadas indicadas en autos).
- Objeto de la demanda: acción de amparo tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023 (por su derogación de artículos 5 inciso g y 17 de la ley 26.682) y la limitación de aumentos de cuotas de planes de salud.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de La Plata, Sala II, hizo lugar al recurso de apelación de la actora y revocó la decisión de primera instancia; declaró la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del decreto 70/2023 en cuanto derogan los artículos 5 inciso g y 17 de la ley 26.682; ordenó a BRISTOL limitar los aumentos al porcentaje arrojado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de forma acumulativa respecto del último valor de cuota fijado por la Autoridad de Aplicación; indicó que la Superintendencia de Servicios de Salud, una vez reasumidas sus funciones, deberá determinar el valor de la cuota conforme a los criterios del fallo; y condenó en costas a las demandadas vencidas en ambas instancias.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "II. Las cuestiones planteadas en el caso son sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en los autos caratulados FLP N° 3112/2024 “DECARA, GUILLERMO ANTONIO c/ YPF y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986”, de fecha 07/03/2025; FLP 8522/2024 “G., J. C. c/OSPE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986”; FLP 1863/2024 “V., N. Y OTROS c/ CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986”, de fecha 11/03/2025, a las que corresponde remitir por causa de brevedad." "III. Por las consideraciones expuestas, SE RESUELVE: 1°) Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora y, en consecuencia, revocar la decisión apelada. 2°) Declarar la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del decreto 70/2023 en cuanto derogan los artículos 5 inciso g y 17 de la ley 26.682. 3°) Ordenar a BRISTOL, limitar los aumentos al porcentaje arrojado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de forma acumulativa respecto del último valor de cuota fijado por la Autoridad de Aplicación."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva reproducida; la decisión consta como acordada por los firmantes del fallo.

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