SELTENREIT, CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas (Ley 27.609 y otras) por suspensión de movilidad; el Juzgado Federal hizo lugar a la demanda y ordenó recalcular y abonar diferencias, declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y del art. 82 inc. c) de la ley 20.628, con actualización trimestral 50% IPC - 50% RIPTE hasta enero-marzo de 2024. El tribunal rechazó la excepción de defecto legal, hizo lugar a la prescripción respecto de los periodos anteriores al 24/10/2023 y dispuso no retener impuesto a las ganancias sobre las retroactividades.
¿Quién es el actor?
SELTENREIT CARLOS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes jubilatorios por la movilidad suspendida; liquidación de diferencias retroactivas; declaración de inconstitucionalidad de Ley 27.609, art. 20 de la ley 24.241, art. 55 de la ley 27.541, decretos y otros; recálculo por aportes autónomos y PBU; no retención de impuesto a las ganancias sobre retroactividades.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y, en consecuencia, se ordenó la redeterminación y pago de las diferencias desde el 24/10/2023 (se reconoce prescripción liberatoria para periodos anteriores); se hizo lugar a la redeterminación de aportes autónomos; se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y del art. 82 inc. c) de la ley 20.628; se dispuso la actualización trimestral de haberes con una fórmula compuesta 50% IPC (INDEC) y 50% RIPTE, sin rezago, hasta el trimestre enero-marzo de 2024; se ordenó no practicar retención del impuesto a las ganancias sobre retroactividades; se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que de los expedientes administrativos obrantes en autos surge que la actora adquirió el derecho al beneficio jubilatorio el 06 de julio de 2023..."
"Que al efecto de resolver el recálculo del haber inicial, en lo que respecta a los aportes realizados por los servicios autónomos, corresponde estar al procedimiento fijado por la CSJN en autos: 'VOLONTÉ, Luis Mario'... A fin de determinar el nivel inicial de la prestación debe tenerse en cuenta la totalidad de los aportes autónomos realizados, sin limitación alguna..."
"En consecuencia, corresponde concluir que, a partir del año 2022, la fórmula de movilidad prevista en la Ley 27.609 devino insuficiente para preservar el valor real de los haberes previsionales... declarar la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.609 para el presente caso... aplicar un índice de actualización trimestral compuesto en un 50% por las variaciones del IPC (nivel general) publicado por el INDEC y en un 50% por las variaciones del índice RIPTE, sin rezago, para los períodos correspondientes... hasta el trimestre enero-marzo de 2024 inclusive."
"Que, a la luz de los recientes fallos de la Corte Suprema... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c) de la ley 20.628... y en consecuencia, es que dispongo no retener sumas en concepto de impuesto a las ganancias, tanto a las diferencias de capital que pudieran generarse del reajuste de los haberes, como a los intereses..."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto dispositivo; lo resuelto es la decisión del tribunal en mayoría.
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