Logo

AYMU, ELBA URSULA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES reclamando el recálculo del haber jubilatorio, actualización retroactiva y diferencias por suspensión de la movilidad y nulidad de normas presupuestarias. El Juzgado Federal de Santa Rosa hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró cosa juzgada sobre el haber inicial, reconoció prescripción hasta el 06/03/2023, declaró inconstitucionales normas de la ley 27.609 y otras limitaciones, y ordenó a ANSES recomponer y abonar las diferencias y sus intereses.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: AYMU, Elba Ursula (por apoderado Dr. Carlos P. Crespo). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste y recálculo del haber jubilatorio inicial y posteriores, pago retroactivo de diferencias más actualización e intereses; declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de leyes 24.241, 24.463, 27.426, 27.541, 27.609, DNU 157/2018 y decretos vinculados); exención de retención del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos; imposición de costas. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda; se hace lugar a la excepción de prescripción planteada por ANSeS y se reconoce el derecho al cobro de las diferencias desde el 06/03/2023; se declara cosa juzgada respecto de la determinación del haber inicial; se rechaza la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y del art. 55 de la ley 27.541 en los términos del considerando, y se ordena a ANSeS integrar el haber con las diferencias; se declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022 hasta su derogación con actualización trimestral (50% IPC nivel general INDEC y 50% RIPTE) desde marzo de 2022 hasta enero-marzo de 2024 inclusive; se declara la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 respecto del actor; se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en la ejecución en los términos fijados; se declara la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c) de la ley 20.628; se ordena a ANSeS que en 120 días recomponga y abone el haber reajustado, las diferencias y los intereses; se dispone no retener Impuesto a las Ganancias sobre las diferencias e intereses; se impone costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 1) "Que la cosa juzgada es una herramienta destinada a asegurar la inmutabilidad o irrevocabilidad de las cuestiones resueltas con carácter firme en un proceso anterior y de evitar, asimismo, el pronunciamiento de una segunda sentencia eventualmente contradictoria ... En consecuencia, corresponde declarar cosa juzgada respecto a los planteos referidos al reajuste del haber inicial conforme al precedente 'CHÁVEZ, ANA MARÍA C/ ANSES S/ reajustes Varios' -CSS 37234/2008/8/RH1
- de nuestro Máximo Tribunal de fecha 04 de junio de 2019." 2) "Atento a lo expuesto y fundamentos vertidos, corresponde rechazar la inconstitucionalidad y reconocerle al actor la movilidad del 42,13% para el año 2020, debiendo la administración demandada integrar el haber previsional de diciembre de 2020 con la diferencia entre el incremento reconocido y el realmente percibido en virtud de la suspensión legalmente dispuesta conforme al precedente 'MARTINEZ, Eduardo Rubén c/Anses s/Reajustes Varios' Expte. N° FBB 12922/2016 ... del 08 de junio de 2021." 3) "En consecuencia,

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar