Logo

RODRIGUEZ, ADRIAN HERIBERTO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó reconocimiento de incapacidad e indemnización por enfermedad profesional y accidente de trabajo. El Juzgado revocó las decisiones de la Comisión Médica N°10 y fijó una incapacidad total del 13,32% de la T.O., condenando a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar $5.421.902,96 más intereses y costas.

Incapacidad Ley 27.348 Accidente de trabajo Enfermedad profesional Indemnizacion Pericia medica Prueba testimonial Decreto 1694/2009 Costas Honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Rodríguez, Adrián Heriberto. Demandado: Swiss Medical ART S.A. Objeto: Revisión de las resoluciones de la Comisión Médica N°10 que negaron incapacidad; se reclama reconocimiento de enfermedad profesional (primera manifestación 30/12/2021) y de incapacidad por accidente de trabajo (14/07/2023) y consecuente indemnización conforme Ley 27.348/Decretos aplicables. Decisión: Se revocaron las decisiones de la Comisión Médica N°10 y se fijó la incapacidad del trabajador en un total por ambos siniestros del 13,32% de la T.O. (6,66% por el siniestro del 30/12/2021 y 6,66% por el del 14/07/2023), condenando a SWISS MEDICAL ART S.A. a pagar al actor, dentro de los cinco días y mediante depósito bancario, la suma de $5.421.902,96 más intereses desde las fechas de cada siniestro; se imponen las costas a la demandada y se regularon honorarios (16% actor, 13% demandada, 7% perito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): 1) Sobre la prueba pericial y su eficacia: “Otorgo al dictamen referido plena eficacia probatoria en lo atinente a la incapacidad física, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en los exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante... las impugnaciones presentadas por la parte demandada ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia”. 2) Sobre el daño psíquico y su relación con el físico: “En el caso a estudio, existe una gran desproporción con el afortunadamente escaso daño físico... el daño psicológico no puede ser receptado si el físico verificado es exiguo, ya que debe estar intrínsecamente ligado a la existencia de un daño de tal envergadura que sea capaz de generar una minusvalía psíquica, lo que no se verifica en el caso.” (cita y referencias doctrinarias y jurisprudenciales). 3) Sobre la prueba testimonial y la relación con las tareas: “...considero que se encuentra acreditado en autos que el actor desempeñaba las tareas invocadas en el inicio... los testimonios reseñados se presentan serios, objetivos y coincidentes entre sí...”. 4) Conclusión y cálculos indemnizatorios: el Tribunal aplicó coeficientes etarios y las fórmulas del Decreto 1278/2000 y Decreto 1694/2009 y determinó para 30/12/2021 una indemnización base de $1.166.885,02 y para 14/07/2023 de $3.351.367,45, incrementando y sumando rubros y actualizaciones hasta fijar la condena total de $5.421.902,96 con intereses desde cada siniestro.
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en el expediente; la decisión consignada es la del Juzgado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar