RODRIGUEZ, ADRIAN HERIBERTO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Demandó RODRIGUEZ por incapacidad derivada de enfermedad profesional y accidente de trabajo; la sentencia revocó las resoluciones de la Comisión Médica y fijó una incapacidad total del 13,32% de la tabla, condenando a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar $5.421.902,96 más intereses desde cada siniestro. El juez valoró la pericia médica y la prueba testimonial para establecer nexo causal y grado de minusvalía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RODRIGUEZ, ADRIAN HERIBERTO.
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. (aseguradora/ART).
Objeto: Reconocimiento de incapacidad y pago de indemnizaciones por enfermedad profesional con primera manifestación el 30/12/2021 y por accidente ocurrido el 14/07/2023, conforme Ley 27.348/Decretos aplicables.
Decisión: Se revocaron las decisiones de la Comisión Médica N°10 de Capital Federal; se fijó una incapacidad laboral total por ambos siniestros del 13,32% de la Tabla de Ortolani; y se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar al actor, dentro del quinto día y mediante depósito bancario, la suma de $5.421.902,96 con más los intereses respectivos desde las fechas de cada siniestro; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (16% a la actora, 13% a la demandada y 7% al perito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) “El experto dictamina que el actor presenta: ‘...El actor sufrió lesiones que pueden estar relacionadas con su actividad laboral. Este padecer también repercutió es su esfera psíquica. Corresponde fijar incapacidad conforme decreto 658/96 por los 2 expedientes del 19,98% que surge del siguiente cálculo hernia inguinal operada con secuelas 6% síndrome meniscal de la rodilla derecha con hidrartrosis 6%...’. Sostiene, además, que el actor presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica (R.V.A.N.) de segundo grado y le otorga una incapacidad del 6% de la T.O.”
2) “Otorgo al dictamen referido plena eficacia probatoria en lo atinente a la incapacidad física, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en los exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante, en tanto que las impugnaciones presentadas por la parte demandada ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia, toda vez que se presentan como meras objeciones fundadas en disconformidad con lo constatado por el experto (art. 386 y 477 CPCCN).”
3) “No obstante ello, si bien un evento dañoso puede determinar alteraciones en la salud del dependiente, en el desarrollo de los traumas mentales pueden incidir otros factores ajenos al trabajo... para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad ... que guarde adecuado nexo causal con el hecho dañoso (CSJN , 29/6/04, ‘Coco c/Provincia de Buenos Aires’, Fallos 327:2722). En el caso a estudio, existe una gran desproporción con el afortunadamente escaso daño físico.” (fundamento para ponderar limitada relevancia de la secuela psíquica frente a la lesión física).
4) “Por todo lo expuesto, corresponde revocar las decisiones de origen y fijar la incapacidad del trabajador -con la adición de los factores de ponderación respectivamente-, en el 6,66% como consecuencia de la enfermedad profesional cuya primera manifestación fuera el 30/12/2021, y asimismo, una minusvalía del 6,66% producto del accidente denunciado con fecha 14/07/23.”
5) Dispositivo final (transcripto íntegramente en la Parte Resolutiva): “FALLO: 1) Revocar lo decidido por la Comisión Médica Nro. 10 de Capital Federal ... condenar a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar al actor ... la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS DOS Y NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($5.421.902,96.-) con más los intereses respectivos desde las fechas detalladas en el considerando pertinente. 2) Imponer las costas a la demandada vencida. 3) ... corresponde regular los honorarios ... en el 16%, 13% y 7%... 4) Rige en el caso el procedimiento del Acta Acuerdo 2.669 de la CNAT del 16/5/2018. 5) Cópiese, regístrese, notifíquese y oportunamente, previa citación fiscal, devuélvase.”
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la sentencia es de un solo juez de primera instancia.
8. PAL
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