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CAMILLETTI MARCELA C/ LA CABAÑA SOCIEDAD ANÓNIMA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS

Ejecución de honorarios contra LA CABAÑA S.A. por $27.500 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando el pago del capital de PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($27.500) con intereses a la Tasa Pasiva BIP desde el 22/11/2022 y condenó en costas a la ejecutada.

Ejecucion Honorarios regulados Aportes previsionales Tasa pasiva bip Constituido el domicilio Costas Art. 500 y 542 cpcc Art. 116 y 155 cpcc Ley 14967 La matanza / juzgado n?6 observacion: no consta nombre personal del magistrado en el texto suministrado La sentencia fue dictada por el juzgado de primera instancia en lo civil y comercial n?6 Departamento judicial la matanza.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARCELA CAMILLETTI. Demandado: LA CABAÑA SOCIEDAD ANONIMA. Objeto: Ejecución de honorarios regulados por la suma de $25.000 y $2.500 correspondientes a aportes previsionales, total PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($27.500), más intereses según Tasa Pasiva BIP, desde la fecha de constitución en mora. Decisión: Se aceptó la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución contra LA CABAÑA S.A. hasta el íntegro pago de $27.500 más intereses desde el 22/11/2022; se impusieron las costas a la ejecutada; se difirió la regulación de honorarios para oportunidad del art. 51 Ley 14967; se tuvo a la demandada por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "Atento lo solicitado, no habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Sr. actuario en éste acto, conforme surge del instrumento adjunto con fecha 16/7/2026, diligenciado en el domicilio Av. Diego Armando Maradona N° 1122, de la localidad de Villa Luzuriaga, partido La Matanza se le da por perdido el derecho que tenían para ejercer (arts. 116 y 155 C.P.C.C.).-" "Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 500 y 542 del CPCC, FALLO: 1) Mandar a llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada LA CABAÑA SOCIEDAD ANONIMA haga a la acreedora MARCELA CAMILLETTI íntegro pago del capital reclamado, por la suma de PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS ($27.500), correspondiente a $25.000 a honorarios regulados y $2.500 correspondientes a aportes previsionales, con más la tasa de interés más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en los depósitos a treinta días -Tasa Pasiva BIP
- ... desde la fecha de constitución en mora, esto es, el día 22/11/2022 ... y hasta su efectivo pago.-" "2) Imponer las costas a la ejecutada que resulta vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C)." "3) Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 del Ley 14967." "4) Tiénese a la demandada por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado (art. 41 del CPCC).
- REGISTRESE. Notifiquese (art. 133, 135 del CPCC, referidos al accionado y al accionante respectivamente; Ac. 4013 SCBA)."

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