PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ FERNANDEZ ZAMUDIO ARMANDO Y OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA
El actor promovió ejecución prendaria contra el deudor para obtener el pago de $209.496,11 más reajustes y tasas. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado y los intereses/reajustes previstos contractualmente y por ley, con costas al vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.
Demandado: ARMANDO FERNANDEZ ZAMUDIO.
Objeto: Ejecución prendaria para obtener el pago del capital adeudado en la suma de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 11/100 ($209.496,11), con los reajustes de capital pactados en el contrato de prenda y la tasa adicional prevista por ley desde la mora (12/12/2017) hasta su efectivo pago.
Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución prendaria hasta tanto el demandado haga íntegro pago del monto reclamado más reajustes e intereses legales, se impusieron costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"I) Que no habiendo la parte accionada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en éste acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio del demandado, sito en Salvigny N°3725, Gregorio de Laferrere, Partido de La Matanza (27/08/2025), se le da por perdido el derecho que tenían para ejercer (arts. 40, 116 y 155 C.P.C.C.).-
II) Por todo ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 529, 540, 549 y 598 del CPCC y art. 29 y ccdantes. del Dec. Ley 15348/46, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, ARMANDO FERNANDEZ ZAMUDIO, haga a la acreedora, PLAN ROMBO SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 11/100 ($209.496,11), con el reajuste de capital pactado en el contrato de prenda ("continuación del contrato de prenda. Determinación del monto adeudado"
- v. fs. 16), incluyéndose el mismo al momento de practicarse la correspondiente liquidación (cfr. arg. art. 3 de las Res. 366/02 y 85/02 Min. de Justicia y DDHH y Min. de Economía; Cam. Civ. Com. Sala 3 Depto. Judicial de San Martín 67945 D89/14 S03/04/2014 en autos "Plan Rombo SA de Ahorro para Fines Determinados c/Barberan Ulises Victor y otros s/Ejecucion Prendaria").
A dicho monto, se le adicionará un tercio de la tasa que cobren los bancos oficiales en préstamos concedidos con idénticas cláusulas de reajuste a la fecha del contrato, ello conforme lo normado por el art. 6 de la ley 21309, previéndose que para el supuesto que a la época de la firma del contrato no exista una tasa como la mencionada, en sustitución, será de aplicación un tercio de la tasa pactada entre las partes en la cláusula 17 de las Condiciones Especiales del contrato de prenda con registro ejecutado, desde la fecha de mora, es decir el día 12 de diciembre de 2017 (ver certificación de deuda fs. 13) y hasta la fecha de su efectivo pago (art. 42 CN, ley 24.240, art. 6 ley 23901, arts. 3, 9, 10, 11, 12, 771, 1094, 1119 del CCCyN; arts. 34, 36, 598 del CPCC; CC0102 MP 178040 249RS S 27/09/2023, Carátula: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORO PARA FINES DETERMINADOS C/ BIANCOLINI, SILVIA BEATRIZ S/ EJECUCIÓN PRENDARIA; SCBA LP C 122412 S 25/02/2021, Carátula: Torres, Luis Angel c/ Caja de Seguros S.A. s/Cumplimiento de contratos civiles/comerciales").-
III) Con costas al vencido, atento el criterio objetivo de la derrota (arts. 68 y 556 CPCC).-
IV) Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967
V) Tiénese a la parte demandada por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado (art. 41 del CPCC)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: