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DAVIDOVICH JUAN JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varios: demanda de recalculo de haber inicial y PBU contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó redeterminar el haber inicial, difirió la incorporación de bonos extraordinarios para la ejecución y confirmó lo demás resuelto; además impuso costas de alzada a la demanda vencida y reguló honorarios.

Reajustes Haber inicial Pbu Isbic Ley 27.426 Bonos extraordinarios Ejecucion de sentencia Costas Honorarios Anses


¿Quién es el actor?

DAVIDOVICH JUAN JOSE.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a la determinación del haber inicial dependiente, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y reclamo por incorporación de "bonos"/"refuerzos extraordinarios".

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y ordenó re-determinar el haber inicial dependiente conforme sus considerandos; diferió la evaluación de la incorporación de los "bonos" y/o "refuerzos extraordinarios" para la etapa de ejecución de sentencia; confirmó el resto del pronunciamiento de grado; impuso costas de alzada a la parte demandada y reguló honorarios a favor del letrado actuante en alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia (más IVA si corresponde), y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes): 1) "Por lo expuesto, corresponde revocar lo resuelto en instancia de grado, en estos términos, y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el índice ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos “Elliff” y “Blanco”." 2) "En este orden, corresponde hacer lugar al planteo de la parte actora y ordenar la actualización de las remuneraciones anteriores al 31.3.1991 consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo a lo indicado por las resoluciones 63/94, 918/94, 1120/94 y 140/1995, ésta última sin su limitación temporal, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 -con sus modificaciones
- y hasta la fecha de adquisición del derecho (Conf. CSJN 'Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios', sent del 11 de agosto del año 2009 (Fallos 332: 1914)...)." 3) "Con relación a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU)... corresponde confirmar lo resuelto por ela quo en este aspecto y ordenar la actualización de la Prestación Básica Universal conforme lo resuelto en la jurisprudencia citada." 4) Sobre los bonos: "los instrumentos referidos... forman parte de un esquema de política pública... En virtud de lo esbozado, el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia, Por lo expuesto, corresponde diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia."
- Votos en disidencia/relevantes: El Dr. Juan Alberto Fantini adhirió al voto mayoritario "con excepción de lo resuelto en torno a ley 27.541, el haber inicial dependiente y la PBU" y expuso en su voto propuestas distintas sobre la aplicación del art. 3 de la ley 27.426 según la densidad de remuneraciones previas a marzo de 2009; sin embargo, la decisión final quedó conforme al bloque resolutorio mayoritario arriba transcripto.

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