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GARCIA OSCAR PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de la Prestación Básica Universal y componentes. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, admitiendo la prescripción (art. 82 ley 18.037) y ordenando el recálculo y pago del haber recalculado y retroactivos conforme las pautas fijadas, difiriendo cuestiones de constitucionalidad para ejecución.

Reajustes Pbu Prestacion compensatoria Pap Prescripcion art. 82 ley 18.037 Movilidad ley 26.417 Inconstitucionalidad Anses Liquidacion retroactivos Seguridad social


¿Quién es el actor?

GARCIA OSCAR PEDRO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria
- PC y Prestación Adicional por Permanencia
- PAP), y planteos de inconstitucionalidad de normas (leyes 24.241, 24.463, 27.426 y resoluciones SSS).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la defensa de prescripción invocada por ANSES y, en consecuencia, se admitió parcialmente la demanda; se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas de la sentencia dentro de 120 días; se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de los arts. 9 (ley 24.463) y 79 (ley 18.037) y la aplicación del fallo "Lohle"; se dispuso que las sumas se abonen íntegramente sin quita alguna; se impusieron las costas a la demandada; y se diferió la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463)..." 2) "De este modo queda eliminada toda referencia al valor del MOPRE al que el anterior artículo 20 de la ley 24.241 se remitía. Es útil recordar que la norma, en su vieja redacción; determinaba una PBU de dos y medio MOPRES, que podía incrementarse en un 1% por cada año de servicio excedente de los 30 años hasta un tope de 45 años." 3) "En consecuencia, habré de seguir las pautas establecidas en el fallo citado, en lo que respecta al índice a utilizar para la redeterminación del haber inicial." 4) "Es una máxima básica de la seguridad social que el Estado garantice al beneficiario el mantener el nivel de vida alcanzado durante la etapa laboral y no llevar los haberes a una desproporción de naturaleza arbitraria y confiscatoria." 5) "En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas y a lo peticionado por la parte actora, corresponde la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación..." 6) "En cuanto al pedido de inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09... Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... y lo declaró inconstitucional en este acto."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la decisión es dictada por la Jueza Federal Subrogante Silvia G. Saino.

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