DIAZ DE LIAÑO MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Acción de reajuste de haber previsional contra ANSES por beneficiaria de la ley 24.241. El juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, admitió la defensa de prescripción y ordenó recalcular el haber y pagar el retroactivo conforme pautas fijadas, dentro de 120 días, abonando íntegramente las sumas sin descuentos por impuesto a las ganancias.
¿Quién es el actor?
Díaz de Liaño María Cristina.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto del reclamo: Reajuste y actualización del haber previsional (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia) y declaración de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241, 24.463 y normas reglamentarias vinculadas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la defensa de prescripción art. 82 Ley 18.037 y, en forma parcial, a la demanda. Se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas fijadas en el decisorio dentro de 120 días; se difirió para ejecución el test de razonabilidad del art. 9 de la ley 24.463; se declaró la inaplicabilidad del art.14.2 de la Resolución SSS 6/09 en cuanto impone un tope a las actualizaciones; se dispuso que las sumas se abonen íntegramente sin descuentos por Impuesto a las Ganancias; y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)."
"A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. en el citado precedente, con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial respecto del haber integral reajustado, y en consecuencia con el criterio unánime de las 3 Salas ... ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463)..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la presente sentencia.
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