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SARMIENTO SUSANA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios y actualización del haber previsional y aportes autónomos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado —ordenó actualizar los aportes autónomos y diferir para ejecución la evaluación de Villanustre, la Ley 27.609 y los bonos— y confirmó lo restante, imponiendo costas de alzada a la demandada y regulando honorarios de alzada.

Seguridad social Reajustes varios Aportes autonomos Prestacion basica universal Ley 27.609 Bonos/refuerzos extraordinarios Inconstitucionalidad Costas de alzada Honorarios Ejecucion de sentencia.


¿Quién es el actor?

SARMIENTO SUSANA MERCEDES.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), recálculo por aportes autónomos, impugnación de normas y decretos vinculados a la movilidad (entre ellas Ley 27.609) y la inclusión de bonos/refuerzos extraordinarios; regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara por mayoría revocó parcialmente la sentencia apelada (ordenando en particular la actualización de los aportes autónomos), diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre", de la Ley 27.609 y de la incorporación de los "bonos" y/o "refuerzos extraordinarios", diferió la regulación de honorarios de primera instancia, confirmó lo demás resuelto en la instancia de grado, condenó en costas de alzada a la demandada y fijó honorarios de alzada del 30% sobre la suma que se fije por la labor en primera instancia con más IVA si corresponde; devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Por ende, se revoca lo dispuesto en la instancia de grado." 2) "Por lo expuesto, se rechaza el agravio de la ANSes." (sobre PBU y criterio de actualización confirmado en lo resuelto por la instancia de grado) 3) "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, este Tribunal considera prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." 4) "En virtud de lo esbozado, el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia. Por lo expuesto, considerando que el análisis de esta cuestión guarda estrecha relación con otros aspectos cuyo tratamiento ha sido diferido, este planteo debe seguir igual suerte, por lo que corresponde diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia." 5) "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 ..., en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% ... y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; los tres jueces conformaron el acuerdo que integra la parte resolutiva.

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