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GONCALVES ELVIRA MARIA (54) C/ ROMERO MARIA ALBERTA, SUBINQUILINOS Y/U OCUPANTES S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

La actora promovió demanda de desalojo por intrusión respecto del inmueble ubicado en Rincón 5464, La Tablada. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a María Alberta Romero y a los subinquilinos/ocupantes a desalojar el inmueble en 10 días, imponiéndoles las costas.

Desalojo Intrusion Legitimacion activa Herencia Lote 11 parcela 22 Rincon 5464 la tablada Rebeldia Plazo de 10 dias Costas Auxilio de la fuerza publica (note: se consignaron los parrafos y citas textuales mas relevantes conforme al fallo El bloque dispositivo final fue determinante para la conclusion segun la regla de mayoria.)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Elvira María Goncalves, en su carácter de titular/heredera declarada del inmueble. Demandado: María Alberta Romero (identificada también como María Bravo en la inicial) y/o subinquilinos y/u ocupantes. Objeto: Desalojo del inmueble individualizado como Circ.: III, Sección: L, Manzana: 108, Parcela: 22 (Lote 11), Matrícula 196.349, Partida 2453, ubicado en calle Rincón (denunciado como N°5464) en La Tablada, Partido de La Matanza, por intrusión/ausencia de título que justifique la ocupación. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de desalojo; se condenó a los demandados a desalojar el inmueble dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, con apercibimiento de lanzamiento y con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario; costas a los demandados; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "La acción que la actora intenta, tiene su fundamento en el art. 676 del Código Procesal, [...] tiende a liberar de ocupantes una cosa inmueble, sin perjuicio del ámbito específico de las acciones reivindicatorias, posesorias e interdictos." "De la prueba documental oportunamente incorporada a la causa surge que el inmueble objeto de autos ... fue adquirido durante la vigencia del matrimonio conformado por la accionante, Elvira María Goncalves, y su cónyuge, Juan Romagnoli... por el fallecimiento de don Juan Romagnoli, le sucede en carácter de universal heredera su cónyuge doña Elvira Goncalves." "La incomparecencia de María Alberta Romero, apreciada conjuntamente con los elementos incorporados a la causa, permite tener por acreditados los extremos invocados por la accionante ... En particular, la emplazada no invocó ni acreditó la existencia de vínculo contractual, derecho real, relación posesoria u otro título jurídico que pudiera justificar frente a Elvira María Goncalves su permanencia en el inmueble." "No habiéndose invocado ni acreditado por los emplazados la existencia de un derecho que justifique la ocupación del inmueble frente a quien se encuentra legitimada para reclamar su restitución, corresponde concluir que pesa sobre aquéllos la obligación de entregarlo (arts. 375, 384 y 676 y ccdtes. del CPCC)." Voto/parte dispositiva final: "Hacer lugar a la demanda de desalojo incoada por Elvira María Goncalves. En su consecuencia, ... Condenar a María Alberta Romero y/o subinquilinos y/u ocupantes, a desalojar el inmueble ... dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente sentencia (art. 1223 del CCyC), bajo apercibimiento de lanzamiento, de ser necesario, con el auxilio de la fuerza pública. Imponer las costas de la presente acción a los demandados en su calidad de vencidos. (art. 68 del CPCC)."

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