Logo

BEDA CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de inscripción de declaratoria de herederos en sucesión intestada sobre el 50% de un inmueble. El Tribunal hace lugar al pedido, dispone la inscripción respecto del 50% del bien ubicado en Bogado Nº 287 (San Nicolás) y ordena a la Secretaría expedir la documentación pertinente, dejando la confección a cargo de los interesados.

Sucesion intestada Declaratoria de herederos Inscripcion registral Inmueble bogado 287 san nicolas Tasa de justicia Itgb Honorarios Arba Ac. 4013 scba Registro de propiedad.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DESCONOCIDO (peticionantes no individualizados en el proveído). Demandado: DESCONOCIDO. Objeto: Inscripción de la declaratoria de herederos en el registro respectivo respecto del 50% de un inmueble (Bogado Nº 287, San Nicolás; Circ.1, Sección J, Manzana 4, Parcela 13; Partida Inmobiliaria Nº 19049) en el marco de la Sucesión Beda Carlos Alberto s/ Sucesión Ab-Intestato, expediente Nº 31543. Decisión: Se hace lugar al pedido y procédese a la inscripción de la declaratoria de herederos sobre el 50% del inmueble indicado; téngase por cumplidos distintos requisitos formales y por abonados aportes y honorarios conforme la documentación acompañada; notifíquese y registre.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Asumiendo la letrada firmante, las obligaciones de depositaria de la documentación original en los términos del Ac. 4013 S.C.B.A, téngase presente la documental en PDF y las constancias de pago de Tasa de Justicia y su contribución, debiendo presentar de forma inmediata los comprobantes originales cuando le sean requeridas, tiénese por cumplido con la Tasa de Justicia y su contribución (conf. arts. 337, 338 y 340 del Código Fiscal).- Tiénese por cumplido con la D.J. del ITGB. En atención a lo pedido y estando cumplidos los recaudos necesarios, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos en el registro respectivo, con relación al 50% del bien a que se refiere el informe de dominio que en PDF se adjunta (correspondientes al inmueble ubicado en calle Bogado Nº 287 en la ciudad de San Nicolás, cuya nomenclatura catastral es Circ.1, Sección J, Manzana 4, Parcela 13, Partida Inmobiliaria Nº 19049). A esos fines la Sra. Secretaria expedirá la documentación pertinente -cuya confección queda a exclusivo cargo de los interesados-. Con el comprobante acompañado, ténganse por oblados los aportes, y por cumplido con el art. 21 de la Ley 6716 T.O. sobre los honorarios convenidos respecto de la actuación profesional de la Dra. María Hiraldo -T°V, Fº 153 del CASN
- (conf. arts. 14, 15, 16, 27, 28, 35, 54 y 57 de las leyes arancelarias). REGISTRESE. NOTIFIQUESE." Además se advierte la indicación procedimental relativa a tributos y datos de identificación: "Para el supuesto de que el monto del enriquecimiento no supere el mínimo no imponible, igualmente deberá acreditarse el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada determinativa del tributo -que estará en cero
- en el sitio web www.arba.gov.ar (formulario R-550G). Se hace saber que de acuerdo a lo dispuesto por la Acordada 432/00 de la SCJBA deberá denunciarse la clave única de identificación tributaria (CUIT), clave de identificación (CDI) o código único de identificación laboral (CUIL) de las partes intervinientes a efectos de ser incluidos en los documentos judiciales en los que se requiera la inscripción."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar