BIAVA DISOLINA FLORINDA (SU SUCESION) C/ ARRUA CRISTIAN EZEQUIEL Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La actora promovió demanda de desalojo por vencimiento de contrato contra el locatario del inmueble sito en Cochabamba 52, San Nicolás. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al desalojo por vencimiento del plazo contractual, imponiendo costas a los ocupantes y a los fiadores solidarios, con medidas de protección para menores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Disolina Florinda Biava (y, tras su fallecimiento, sus hijos Antonio José Jorge; Ana María Jorge; María Julia Jorge; Gustavo Adolfo Jorge; María del Carmen Jorge).
Demandado: Cristian Ezequiel Arrúa (ocupante/locatario) y, a los efectos de la condena en costas, Lucas Ascua, Pablo Andrés Fiant y Diego Alberto Gil en carácter de garantes solidarios.
Objeto: Desalojo del inmueble sito en calle Cochabamba n° 52, San Nicolás, por vencimiento del contrato de locación (contrato celebrado el 22/5/2015 por 24 meses, vencido el 31/5/2017).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se condenó a Cristian Ezequiel Arrúa y/o cualquier ocupante a desalojar el inmueble en el plazo de diez días desde la firmeza, bajo apercibimiento de lanzamiento por la fuerza pública; se impusieron las costas a Arrúa y se las hicieron extensivas a los fiadores solidarios; se ordenaron oficios y medidas de protección para los menores ocupantes y la intervención de Prodenya y servicios municipales en caso de lanzamiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en el lenguaje original del tribunal):
"En ese sentido, afirmó que el encartado había concurrido a su inmobiliaria en búsqueda de un inmueble para alquilar alrededor del año 2015 ... que la casa se la había dado para alquilar la Sra. Biava pero que firmaba en su representación su hija Cristina ... que el plazo de duración era de dos años ... que sabe que Arrúa no devolvió la vivienda."
"Recuerdo sobre el punto que las cartas documento gozan de una presunción de autenticidad que no puede ser desvirtuada por la sola negativa. El mero desconocimiento de la autenticidad de la carta documento ... resulta ineficaz para enervar los efectos probatorios de la misma."
"Así las cosas, estando debidamente acreditado el contrato de locación, así como también que al momento de la interposición de la presente acción (25/09/2019) se encontraba vencido el término contractual -vigente hasta el 31/05/2017
- resulta procedente ordenar el desalojo del inmueble objeto de tal acuerdo de voluntades por la causal de vencimiento del término contractual (cf. arts. 1604 inc. 1°, 1615 y concordantes del Código Civil)."
Bloque dispositivo final (Fallo):
"1) Acoger la demanda instaurada y, en consecuencia, condenar al demandado Cristian Ezequiel Arrúa y/o cualquier ocupante, a desalojar el bien objeto del pleito ... dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de ser desalojada por la fuerza pública. 2) Imponer las costas generadas por la presente a la parte demandada ... las que se hacen extensivas a los fiadores solidarios Lucas Ascua, Pablo Andrés Fiant y Diego Alberto Gil ... 3) Diferir la regulación de honorarios ..."
(Se consignan además las medidas ordenadas para resguardar los derechos de los menores: oficios a Prodenya y a Secretarías municipales y presencia de personal de Prodenya al momento del lanzamiento.)
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