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SIGALES MONICA ANALIA Y OTRO/A C/ BARRERA NORBERTO FABIAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito con transporte benévolo y pérdida de dominio del vehículo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la responsabilidad objetiva del conductor/guardián y condenó al pago de $11.538.537 más intereses, extendiendo la condena a la aseguradora en los límites de la póliza.

Primera instancia Danos y perjuicios Accidente de transito Transporte benevolo Responsabilidad objetiva (riesgo de la cosa) Perdida de dominio Dano fisico (incapacidad 6% y 8%) Dano moral Seguro automotor / art. 118 ley 17.418 Intereses (6% anual desde el hecho Bip luego)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mónica Analía Sigales y Juan Carlos González. Demandado: Norberto Fabián Barrera (con citación en garantía a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, póliza N° 48.250.374). Objeto: Indemnización por daños y perjuicios (incapacidad física, gastos médicos, daño psíquico, gastos psicológicos y daño moral) derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 5/5/2019 en la Autopista Panamericana (Km 23/24), donde el vehículo Peugeot 208 dominio OKD-988, conducido por Barrera, impactó contra un separador de hormigón; se alega pérdida de dominio y exceso de velocidad. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Norberto F. Barrera a pagar a las víctimas las sumas indicadas (totales $11.538.537), con intereses desde el 5/5/2019 y extensión de la condena a la aseguradora en los términos del art. 118 ley 17.418. Se desestimaron las pretensiones relativas a daño psíquico y gastos de tratamiento psicológico.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): 1) Sobre la responsabilidad objetiva y la carga probatoria: "Por tratarse de un detrimento generado por la participación de una cosa riesgosa, basta que el afectado demuestre el daño sufrido y su relación de causalidad con aquélla, quedando a cargo del dueño acreditar la culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder... El factor de atribución es de carácter objetivo... En definitiva, en estos casos la víctima no necesita probar la culpa del dueño o guardián; le alcanza con acreditar la relación de causalidad entre el daño sufrido y la cosa riesgosa cuya titularidad o guarda atribuía al accionado." 2) Sobre la prueba del obstáculo y su insuficiencia como eximente: "No puede soslayarse que de las constancias probatorias surge la presencia, sobre la calzada, de un objeto de hormigón con varilla... Sin embargo, tal circunstancia no resulta suficiente, por sí sola, para configurar una causa ajena con aptitud exoneratoria en los términos del art. 1722 del Código Civil y Comercial. En efecto, no se encuentra acreditado quién colocó el objeto sobre la calzada, cuánto tiempo permaneció allí, sus características y dimensiones... Por ello... la existencia del objeto de hormigón con varilla será ponderada como una circunstancia concurrente en la producción del accidente, pero no permite... excluir la responsabilidad que pesa sobre el demandado..." 3) Conclusión sobre responsabilidad: "Ello así, estando reconocida la existencia del hecho y que el accionado no ha demostrado fehacientemente que el siniestro acaecido haya tenido lugar en virtud de la culpa de la víctima o del accionar de un tercero que desvirtúe su responsabilidad, cabe admitir la responsabilidad en cabeza del demandado." 4) Dispositivo (parte resolutiva): "I.
- Haciendo lugar a la demanda de daños y perjuicios interpuesta por MÓNICA ANALÍA SIGALES y JUAN CARLOS GONZALEZ contra NORBERTO FABIÁN BARRERA... el total por el que prospera el reclamo en autos asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 0/100 ($ 11.538.537) ... II.
- A los montos de condena indicados... se añaden los intereses determinados en el considerando 8° de ésta sentencia. III.
- Hacer extensiva la condena a LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES, en los términos del art. 118 de la ley 17.418..."
- Fragmentos y citas textuales relevantes incorporados tal cual aparecen en la sentencia: "El razonamiento que excluye el factor de atribución basado en el 'riesgo de la cosa' con respecto al transportado, resulta censurable en el estricto plano de la responsabilidad objetiva porque constituye una clasificación del riesgo no contemplada en el art. 1113 del Código Civil..." "De acuerdo con expresa normativa dispuesta en el Código de Tránsito, todo conductor debe circular en la vía pública con especial cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo..." "Para el cálculo de los intereses deberá aplicarse la ya mentada alícuota del 6 % anual, ... desde el día del hecho y hasta la fecha de la presente sentencia. Y para los devengados con posterioridad hasta el efectivo pago, la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires... vigente para cada período de aplicación."
- Votos/división: No hubo fallo dividido consignado; el bloque dispositivo final es el que resuelve y fue tomado como decisión del Tribunal.

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