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CONSORCIO DE PROPIETARIOS BARRIO LOS ALCANFORES C/ FAR SUAU SANTIAGO JUAN PATRICIO Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS

El consorcio inició ejecución de expensas por $17.609.732,58 (periodos marzo/2024 a septiembre/2025) reclamando capital, intereses y costas. El Tribunal rechazó la excepción de inhabilidad de título interpuesta por uno de los codemandados y ordenó continuar la ejecución, admitiendo la tasa de interés del 5% mensual con límite de 1,5 veces la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Ejecucion de expensas Inhabilidad de titulo Propiedad horizontal Certificado de deuda Intereses punitorios 5% mensual Limite usura (1 5x tasa b. pcia. bs. as.) Mora automatica Asamblea (9/03/2024) Costas Sentencia de primera instancia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CONSORCIO DE PROPIETARIOS BARRIO LOS ALCANFORES, representado por el Dr. Darío Osvaldo Rodríguez. Demandado: FAR SUAU SANTIAGO JUAN PATRICIO y MANUEL SANCHEZ NIETO. Objeto: Cobro ejecutivo de expensas. Suma reclamada totalizada en la sentencia: PESOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 17.609.732,58) por expensas de marzo, abril, mayo, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024 y enero a septiembre de 2025, con más intereses acordados y costas. En el curso procesal hubo ampliaciones por montos previos: $1.972.845,24 y $5.146.494,49 y posterior ampliación por $10.490.392,85. Decisión: Rechazó in totum la excepción de inhabilidad de título opuesta por MANUEL SÁNCHEZ NIETO; mandó llevar adelante la ejecución por la suma indicada; impuso las costas a los ejecutados; dejó regulados honorarios para momento oportuno. Admitió la tasa de interés aprobada por asamblea (5% mensual) con el tope de una vez y media la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original): "De manera que el cumplimiento de la obligación, es indispensable para el desenvolvimiento y mantenimiento del edificio., siendo esta las razones que han llevado a nuestros tribunales a considerar que los títulos con los que se promueve la ejecución, no sean tratados rigurosamente, y determinadas cuestiones que pueden llevar en otros supuestos al rechazo de la acción intentada, no son admitidas en estos casos." "Ahora bien, en el caso funda el coejecutado SANCHEZ NIETO funda su defensa entre otros 'Que los títulos objeto de ejecución, resultan inidóneos debido a que no reúnen los requisitos legales a los que está condicionada su fuerza ejecutiva atento que los mentados deben contener la firma de la administradora junto con su aclaración, extremo que no ocurre en el caso' ... La que fuera contestada por el consorcio ejecutante ... 'surgiendo de los artículos VIGÉSIMO que 'Si el propietario dejare de abonar tres periodos consecutivos podrá ser ejecutado por la vía del juicio ejecutivo, considerándose título ejecutivo hábil al efecto la constancia de deuda firmada por el Presidente del Consejo de Administración y el Administrador del Consorcio, determinando la cantidad líquida exigible......' 'De lo que se colige que el demandado expresamente reconoce la cotitularidad de la Unidad Funcional Nº 80 del barrio Los Alcanfores.'" "Por lo que la excepción no procede, 'cuando no se denuncian vicios o defectos relativos a las formas extrínsecas del título en ejecución ... ni tampoco se desconoce el carácter de deudor' ... De allí que todo certificado de deuda, debe contener mínimamente; el nombre del deudor
- que puede ser suplido con el número de la unidad-, el monto líquido de la deuda, la fecha, la firma del administrador y el concepto. La falta de cualquiera de ellos puede originar una favorable acogida del planteamiento de la excepción analizada." "En tal dirección, siendo que resulta vital el cumplimiento del pago de las expensas en el régimen de propiedad horizontal ... lo que habilita la admisión de tasas más elevadas que para otro supuestos ... es que decido respetar la tasa convenida en la Asamblea de mención, en la medida que los mismos no supere
- por todo concepto -, una vez y media ( 1 1/2) la Tasa ACTIVA que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de descuento a 30 días, siendo esta su límite, desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago al actor ..." Voto final / dispositivo: "1.
- Rechazar in totum la excepción de inhabilidad de título articulada por el codemandado MANUEL SANCHEZ NIETO 3.
- Mandar llevar adelante la presente ejecución promovida por el CONSORCIO DE PROPIETARIOS BARRIO LOS ALCANFORES contra FAR SUAU SANTIAGO JUAN PATRICIO y MANUEL SANCHEZ NIETO hasta tanto éstos últimos , le hagan a la acreedora integro pago del capital reclamado de PESOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ( $ 17.609.732,58 ) ... con más los intereses acordados y aprobados en Asamblea de fecha 9/03/2024 ( 5% mensual ) en la medida que los mismos no supere UNA VEZ Y MEDIA ( 1 1/2) LA TASA ACTIVA QUE COBRA EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ... 2.-) Imponer las costas a los ejecutados en su calidad de vencidos ( conf. art. 68 y conc. del C.P.C.y C.), dejando diferida la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno (art. 51 de la ley 14.967 )."

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