BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARDILES LUZ FLORENCIA BEATRIZ S/ COBRO EJECUTIVO
Ejecuta el Banco de la Provincia de Buenos Aires cobro ejecutivo contra Luz Florencia Beatriz Ardiles por deuda documentada. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y declaró perdido el derecho de la demandada por no oponer excepciones, imponiéndole las costas y fijando intereses desde la mora del 05/02/2018.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Luz Florencia Beatriz Ardiles.
Objeto: Cobro ejecutivo por capital reclamado de $130.191,23 más intereses conforme documento base.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando continuar la causa de trance y remate hasta que la demandada pague el íntegro capital reclamado de $130.191,23 y los intereses devengados desde la mora del 05/02/2018; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio jurisdiccional del demandado en los estrados del Juzgado; y se agregó la documental reservada por Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, pese a encontrarse debidamente intimado en el domicilio de la calle SAN VICENTE N°1895 DE LA CIUDAD DE BANFIELD, PARTIDO DE LOMAS DE ZAMORA (Bajo responsabilidad de la parte actora) dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.).-"
"Que el capital reclamado devengará desde la fecha de mora operada el día 05/02/2018 y hasta el efectivo pago los intereses pactados en el documento base de la presente ejecución, siempre que los mismos no excedan, en su conjunto o individualmente, la 'tasa activa-restantes operaciones en pesos' que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (arts 767, 768, 779, 771 y concordantes del C. C. y C. N.).-"
FALLO:
"1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución entablada hasta tanto el deudor de la obligación LUZ FLORENCIA BEATRIZ ARDILES haga al acreedor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES el íntegro pago del capital reclamado de $ 130.191,23 y el que devengará los intereses desde la mora del deudor, y hasta el efectivo pago en la forma prevista en el Considerando I.
2) Imponiendo las costas a la parte demandada (art. 68 y 556 del Cod. Procesal).
3) Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51 ley 8904).
4) Teniendo por constituido el domicilio del demandado en los Estrados del Juzgado (art. 41 del Cod. Procesal).
5) Agregando por secretaría la documental reservada correspondiente a los presentes obrados. conforme lo dispuesto en ap. IV, art.36 de la ACc.2514 de la SCJBA."
- Votos/división: Sentencia de un solo juez (Roberto J. Forzati); no consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: