SICILIANO NOELIA C/ LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA HECTOR ENRIQUE S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
Incidente de ejecución de honorarios promovido por la actora contra la aseguradora demandada por pago de honorarios profesionales. El Tribunal ordenó la ejecución y condenó al pago de $966.160,80 más intereses según la tasa pasiva BIP y costas a la parte ejecutada, por pérdida del derecho a oponer excepciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SICILIANO NOELIA.
Demandado: LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA HECTOR ENRIQUE.
Objeto: Ejecución de honorarios adeudados e interés legal correspondiente.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado de $966.160,80, con aplicación de la tasa de interés que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a plazo fijo digital a treinta días (TASA PASIVA BIP) desde la constitución en mora (03/05/2021) hasta su efectivo pago; se impusieron las costas al ejecutado; se difirió la regulación de honorarios según art. 51 Ley 14.967; y se tuvo a la ejecutada por constituido el domicilio en estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Atento lo solicitado y el estado de autos, no habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en éste acto, conforme surge de la cédula de fecha 24/06/2026, dirigida a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA en el domicilio electrónico registrado por la SCBA, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer (arts. 116 y 155 C.P.C.C.)."
"Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 500 y 542 del CPCC, FALLO:
1) Mandar a llevar adelante la ejecución (cfr. art. 500 y cc. del CPCC) hasta tanto la parte ejecutada LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA haga a la acreedora SICILIANO NOELIA íntegro pago del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA CON 80/100 ($ 966.160,80) comprendido por: 16,5 Jus que conforme al valor vigente -RP 873 SCBA
- equivale a $ 878.328 con más el 10% de aporte de ley -$ 87.832,80 -, con más la tasa de interés que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a plazo fijo digital a treinta días, -TASA PASIVA BIP
- el que se calculará desde la fecha de constitución en mora, es decir el día 03 de mayo de 2021
- conforme fecha de intimación al pago de los honorarios cursada mediante notificación por cédula electrónica en los autos principales el día 21 de abril de 2021, que operó el 23 de dicho mes (Ac. 4013 SCBA)
- y hasta su efectivo pago (confr. entre otros fallos SCBA Rc 120660 del 21/12/2016 en autos 'DIEZ MARIA EUGENIA Y OTRO C/ FISCO DE LA PCIA DE BUENOS AIRES S/ INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE HONORARIOS')."
"2) Imponer las costas al ejecutado que resulta vencido (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.).
3) Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 del Ley 14967.
4) Téngase a la ejecutada por constituido el domicilio en estrados del juzgado."
También se citan reglas de notificación: "Notifíquese en forma automática por Secretaría a la parte actora y en los términos del art. 11 inc. a del Ac. 4013 de la SCBA a la demandada (art. 133 del CPCC y Ac. 4013 SCBA)."
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