Logo

RECUPERO DE SINIESTROS S.R.L. C/ ROMERO ABEL S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

El actor promovió acción de daños y perjuicios por choque entre un camión y un Peugeot estacionado reclamando reparación por repuestos y mano de obra. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Abel Romero y a Paraná Seguros S.A. al pago de $40.450 con intereses y costas, por responsabilidad objetiva del conductor/guardador del camión.

Responsabilidad por cosa (art. 1757/1758 cccn) Dano material Colision en retroceso Cesion de derechos Prueba pericial mecanica Intereses (6% a partir del hecho) Costas Reconocimiento tacito (art. 354 cpc) Seguro citado en garantia Liquidacion de danos observacion: no consta en la sentencia el nombre del juez que firmo el fallo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RECUPERO DE SINIESTROS S.R.L., cesionaria de los derechos de María Florencia Sciutto. Demandado: Abel Romero (propietario/conductor/guardián del camión FIAT IVECO dominio ATJ148) y citación en garantía a Paraná Seguros S.A. Objeto: Indemnización por daños materiales al vehículo Peugeot 207 dominio IAG173 como consecuencia del siniestro del 9/5/2017; se reclamó $35.221 inicialmente, desagregando mano de obra y repuestos. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; condena a Abel Romero y extensiva a Paraná Seguros S.A. a pagar $40.450, con intereses desde fechas respectivas y costas a la parte demandada vencida. Se ordena liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En efecto, entiendo que quedó corroborado el hecho que involucra a las personas y vehículos denunciados en la demanda, conforme el tácito reconocimiento por parte del demandado Sr. Romero, quien no compareció a negar las circunstancias fácticas invocadas por la actora como sustento de su reclamo. En tal sentido el art. 354 inc. 1° del Cód. Proc. autoriza, ante el silencio de quien debió formular oposición, considerar dicha conducta como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos a que refiere el accionante, como así también se tendrán por reconocidos los documentos acompañados." "Si bien el testigo manifestó ser pareja de la propietaria del auto sus dichos resultan verosímiles, creíbles, resultando del contexto la objetividad de su declaración (SCBA LP C 101112 S 14/09/2011)." "De acuerdo a las fotografías adjuntadas a fs. 25 y 26 de autos, este perito puede observar fehacientemente que, el automóvil que allí se muestra presenta deformación con desgarro de chapa en puerta delantera izquierda, deformación en puerta trasera izquierda y deformación en paño trasero izquierdo.... Considerando que el daño se produce en circunstancias en que el automóvil PEUGEOT 207 se encontraba estacionado mientras que el camión IVECO realizaba una maniobra de retroceso, le corresponde al camión el carácter de agente físico embistente y al automóvil el de agente físico embestido." "En definitiva, dado que no obra pieza que infiera conducta imputable a la damnificada que interfiera el nexo de causalidad presumible entre la cosa riesgosa y el daño causado, no advierto hecho de la víctima que exculpe de responsabilidad al conductor del automóvil... cabe establecer la total responsabilidad de Abel Romero, debiendo responder en la medida de los perjuicios que se acrediten." FALLO (fragmento dispositvo): "haciendo lugar a la demanda entablada y, en consecuencia, condenando a ABEL ROMERO a pagar a RECUPERO DE SINIESTROS S.R.L. la suma de CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS ($40.450) con intereses y costas en la forma en que se lo determina en los considerandos IV y V. La condena se hace extensiva a 'PARANÁ SEGUROS S.A.'... Las costas se imponen en el modo establecido en el considerando V."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar