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MACHUCA GABRIELA PAULINA Y OTRO/A C/ RETEGUI TERESA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Acción de daños y perjuicios por accidente de tránsito contra conductora de una Amarok y su aseguradora. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la responsabilidad objetiva de la demandada y extendió la condena a la aseguradora, fijando montos por incapacidad, daño moral y daño material.

Responsabilidad objetiva Accidente de transito Art. 1113 cod. civil Aseguradora citada en garantia Dano material Incapacidad sobreviniente 3% Dano moral Prueba pericial mecanica Prueba pericial medica Condena y costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gabriela Paulina Machuca (por derecho propio) y Melany Ailén Rodríguez (en su momento menor). Demandado: Teresa Inés Retegui, con citación en garantía a Allianz Compañía Argentina de Seguros S.A. Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito del 12/05/2015; rubros reclamados: daño físico, daño moral, daños en la motocicleta, lucro cesante y estrés postraumático; monto reclamado inicial $126.000 más intereses y costas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se declaró la responsabilidad civil de la Sra. Retegui y se hizo extensiva la condena a la aseguradora Allianz en la medida del seguro. Se admitieron rubros y cuantías específicas: incapacidad sobreviniente para Gabriela Machuca (3%) con indemnización fijada en $1.900.000; daño moral $500.000 para Machuca y $100.000 para Melany; daño material de la motocicleta fijado en $220.000; se rechazó el lucro cesante y la pretensión autónoma por "estrés postraumático". Costas a cargo de la demandada y la citada en garantía. Intereses desde la fecha del hecho con tasa del 6% anual para actualizar entre hecho y sentencia y luego tasa moratoria legal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del Tribunal): "En definitiva, la sola condición de embistente mecánico de la motocicleta no resulta suficiente para tener por acreditada la culpa de la víctima en los términos del art. 1113 del Código Civil, máxime cuando se encuentra reconocido el frenado repentino de la camioneta inmediatamente antes del impacto y no se ha producido prueba suficiente que permita atribuir a la conductora de la motocicleta una conducta con aptitud causal para interrumpir, total o parcialmente, el nexo de causalidad. En consecuencia, no habiendo la parte demandada satisfecho la carga probatoria que le incumbía respecto de la eximente invocada, corresponde mantener incólume la responsabilidad objetiva derivada del art. 1113, segundo párrafo, segunda parte, del Código Civil (arts. 375, 384 y concs. CPCC). Por lo tanto, el presente reclamo debe prosperar en tanto, corresponde admitir la responsabilidad civil de la demandada por el hecho dañoso ventilado en autos, haciendo extensiva la misma a la citada en garantía, en la medida del seguro (art. 118 LS)." "1°) Haciendo lugar a la demanda interpuesta por Gabriela Paulina Machuca y Melany Ailén Rodríguez contra Teresa Inés Retegui, condenándola a que dentro del plazo de diez (10) días de quedar firme la presente sentencia y practicarse la liquidación correspondiente, abone a la parte actora la suma que resulte de la liquidación definitiva conforme los rubros admitidos, con más los intereses en la forma indicada. Haciendo extensiva la condena a la aseguradora 'Allianz Compañía de Seguros S.A.', en la medida del seguro... Costas a cargo de la demandada y citada en garantía vencidas; y 2°) Difiriendo la regulación de honorarios profesionales para el momento procesal oportuno (arts. 51 ley 14.967)." Si hubiere disidencias relevantes, no constan en el bloque dispositivo final; la decisión que se analiza corresponde al decisorio del Tribunal contenido en el fallo.

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