MUGLIA, LUIS RICARDO Y OTROS c/ RODRIGUEZ, OSCAR JORGE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito; se condenó parcialmente al conductor y a la aseguradora por las lesiones y perjuicios probados. El Juzgado admitió la responsabilidad objetiva, fijó montos indemnizatorios (Noelia $4.100.000; Mercedes $6.100.000; Luis $12.100.000), intereses desde el 13/7/2022 y costas a los demandados.
Actor: Luis Ricardo Muglia; Mercedes del Carmen Carrizo; Noelia Alejandra Ribero. Demandado: Oscar Jorge Rodríguez; citado en garantía: Paraná Sociedad Anónima de Seguros. Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 13/7/2022, con lesiones y daños materiales, y pedido de citación en garantía de la aseguradora.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a Oscar Jorge Rodríguez y a Paraná S.A. de Seguros a pagar a Noelia Alejandra Ribero $4.100.000, a Mercedes del Carmen Carrizo $6.100.000 y a Luis Ricardo Muglia $12.100.000 dentro de 10 días, con más intereses calculados desde el 13/7/2022 conforme al considerando IV; se impusieron las costas a los demandados y se reguló honorarios y peritos (ver dispositivo).
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos clave):
- "El art. 1757 del CCCN dispone que 'toda persona responde por el dano causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realizacion. La responsabilidad es objetiva.'"
- "De acuerdo a lo establecido por el art. 41 de la ley 24.449, el aquí demandante contaba con la doble prioridad de paso que se le reconoce a quien en una intersección circula por la derecha y a quien sale de un paso a nivel respecto al que se desplaza al costado de las vías férreas (inc.g 2)."
- "Por tratarse de un supuesto en que el factor de atribución es objetivo, al no haber los sujetos pasivos alegado -y menos aún probado
- la configuración de alguno de las eximentes legalmente previstas, de modo de fracturar total o parcialmente el nexo causal, corresponde admitir la acción."
- Sobre valoración de la prueba pericial y cuantificación: "las observaciones... requieren probanzas de similar o mayor rigor tecnico o cientifico que desmerezcan las conclusiones alcanzadas en el peritaje, lo que no sucede en este caso, por lo que la pericia presentada por el perito de oficio posee pleno valor probatorio (art. 477 CPCCN)."
- Cuantificación: "el presente rubro prosperara por $ 3.000.000 a favor de Noelia Alejandra Ribero, por $ 4.500.000 para Mercedes del Carmen Carrizo y por $ 9.000.000, para Luis Ricardo Muglia" (incapacidad sobreviniente) y luego, sumando daño moral y gastos, resulta la condena total dispuesta en el fallo.
Disidencias: No constan votos en disidencia en la sentencia analizada.
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