ELIAS, MARTA ANGELICA c/ BUSILLI, PABLO LEONEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora reclamó daños y perjuicios por un accidente de tránsito que dañó su vehículo y privó del uso del mismo. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Pablo Leonel Busilli y a Paraná S.A. de Seguros, en forma concurrente, a pagar $510.000 más costas e intereses por los fundamentos sobre responsabilidad objetiva del vehículo y la admisión tácita de los hechos por parte de la demandada.
¿Quién es el actor?
Marta Angélica Elías.
¿A quién se demanda?
Pablo Leonel Busilli; citada en garantía: Paraná S.A. de Seguros.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 9 de junio de 2021 que dañó el rodado de la actora y ocasionó privación de uso. Se reclamaron $410.000 por daño material, $100.000 por privación de uso (se solicitó esa suma en el fallo) y $75.000 por daño moral (entre otros rubros).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Pablo Leonel Busilli a abonar a la actora la suma de $510.000 dentro de diez días, con más costas e intereses; la condena se extiende a Paraná S.A. de Seguros en forma concurrente y en los términos de la ley 17.418.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Así las cosas, corresponde analizar conforme a las reglas de la sana crítica los elementos probatorios obrantes en estas actuaciones a los efectos de determinar si el evento descripto en el escrito de inicio realmente ocurrió... En efecto, reitero, en materia de atribución de responsabilidad... el damnificado tiene la carga de probar el daño y que ese daño –cuya reparación se pretende
- se encuentra en relación causal adecuada con el hecho al cual se atribuye su producción."
"Es que, con arreglo al enérgico término empleado por la ley, el demandado debe afirmar o negar clara y decisivamente... si calla o sus respuestas son evasivas, se expone a que quede reconocida la verdad de los hechos sobre los que eluda manifestarse... Es así que se advierte que la negativa de la citada en garantía se basa solamente en su falta de participación en los hechos... no afirma concretamente no haber recibido denuncia de siniestro... entiendo que puede considerarse que el hecho alegado por la actora ha sido tácitamente admitido en autos."
"Por tales motivos, disposiciones legales, doctrina y jurisprudencia citadas, FALLO: 1) Haciendo lugar a la demanda deducida con los alcances indicados y, en consecuencia, condenando a Pablo Leonel Busilli a abonar a la actora... la suma de $510.000... 2) La presente condena se hace extensiva a 'Paraná S.A. de Seguros', que responde en forma concurrente..."
- Disidencias: No registradas.
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