BERGAMESCHINO CARLOS CAMILO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se planteó la sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Carlos Camilo Bergameschino y Ernestina Antonia Motto, solicitando la declaración de herederos universales. El Tribunal declaró heredores universales a sus hijos y, respecto de Carlos Camilo, también declaró heredera a su cónyuge Ernestina Antonia Motto (en cuanto a bienes propios y derechos sobre gananciales), fundándose en los artículos citados del CCyCN y CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los hijos de los causantes (Alberto Carlos, Angela Paula, Daniel Alfredo, Domingo Pascual, Jose Luis, Mario Francisco, Sergio Marcos y Stella Maris Bergameschino) en la presentación inicial del 27/3/2026 y actuaciones posteriores.
Demandado: Las sucesiones de CARLOS CAMILO BERGAMESCHINO (f. 21/8/2007) y ERNESTINA ANTONIA MOTTO (f. 24/9/2016), esto es, la declaración judicial sobre la transmisión hereditaria.
Objeto: Declaración de quienes son los herederos universales por fallecimiento de los causantes, cumplimiento de publicaciones y oficios pertinentes para la tramitación de la sucesión ab-intestato.
Decisión: Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de CARLOS CAMILO BERGAMESCHINO "le suceden en carácter de universales herederos a sus hijos Alberto Carlos Bergameschino, Angela Paula Bergameschino, Daniel Alfredo Bergameschino, Domingo Pascual Bergameschino, Jose Luis Bergameschino, Mario Francisco Bergameschino, Sergio Marcos Bergameschino, Stella Maris Bergameschino y su cónyuge ERNESTINA ANTONIA MOTTO a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." Y que, por fallecimiento de ERNESTINA ANTONIA MOTTO, "le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Alberto Carlos Bergameschino, Angela Paula Bergameschino, Daniel Alfredo Bergameschino, Domingo Pascual Bergameschino, Jose Luis Bergameschino, Mario Francisco Bergameschino, Sergio Marcos Bergameschino y Stella Maris Bergameschino."
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"I) Que con la documentación allegada con el escrito inicial de fecha 27/3/2026 y los certificados de defunción allí acompañados se acreditan los fallecimientos de CARLOS CAMILO BERGAMESCHINO y ERNESTINA ANTONIA MOTTO ocurridos los días 21/8/2007 y 24/9/2016 -respectivamente-."
"II) Que los causantes contrajeron matrimonio con fecha 3/5/1947."
"III) Que de esa unión nacieron Domingo Pascual Bergameschino (29/07/1948), Angela Paula Bergameschino (09/04/1947), Alberto Carlos Bergameschino (30/06/1952), Stella Maris Bergameschino (21/11/1953), Mario Francisco Bergameschino (08/07/1955), Daniel Alfredo Bergameschino (19/11/1957), Sergio Marcos Bergameschino (30/10/1960) y Jose Luis Bergameschino (20/07/1963)."
"IV) Que con los diarios y recibos agregados los días 7 y 15/7/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, así también se ha dado cumplimiento con los oficios al Registro de Testamento, IPS y Registro de juicios universales conforme constancias de los días 31/3/26, 8/4/2026 y 15/7/2026."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos arts. 3410, 3565 y 3570 del CC por remisión del art. 7 nuevo CCyCN y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CARLOS CAMILO BERGAMESCHIMO le suceden en carácter de universales herederos a sus hijos ... y su cónyuge ERNESTINA ANTONIA MOTTO a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
"Y que, por fallecimiento ERNESTINA ANTONIA MOTTO, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ... ."
- Actuaciones procesales relevantes: publicaciones de edictos los días 7 y 15/7/2026; oficios cursados a Registro de Testamento, IPS y Registro de juicios universales (31/3/26; 8/4/2026; 15/7/2026). Se dispone además "Cése la intervención del Ministerio Fiscal."
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