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FUNES GERARDO DANIEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos para promover demanda de indemnización por daños y perjuicios. El Tribunal concedió el beneficio por entender acreditada la imposibilidad económica del actor mediante prueba testimonial y ordenó imponer las costas en el orden causado por no haberse opuesto las contrapartes.

Incidente Beneficio de litigar sin gastos Pobreza procesal Prueba testimonial Art. 84 c.p.c.c. Costas en orden causado Jubilado Demanda de indemnizacion por danos y perjuicios Falta de oposicion Prueba informativa desistida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GERARDO DANIEL FUNES, con patrocinio del Dr. EDUARDO E. VAZQUEZ. Demandado: Sr. OCARIZ JOAQUIN J; SEGUROS MEDICOS S.A; FEDERACION PATRONAL; T.P.C. COMPANIA DE SEGUROS (demandas principales por indemnización). Objeto: Beneficio de litigar sin gastos para litigar en el juicio de indemnización por daños y perjuicios. Decisión: Se concedió el beneficio de litigar sin gastos con el alcance del art. 84 del C.P.C.C., permitiendo al actor litigar sin satisfacer costas o gastos judiciales mientras no mejore de fortuna; y se impusieron las costas en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "III
- Del examen de la causa y debidamente valorada la prueba producida (art. 384 C.P.C.C.), puede concluirse que la parte actora no está en condiciones de solventar los costos de un proceso judicial. En efecto, con la prueba testimonial producida se acreditó que el Sr. GERARDO DANIEL FUNES, vive con su esposa y sus dos hijas en un inmueble que es de su propiedad. Que es jubilado, y ese es su único medio de vida. Que posee un auto Renault y que no tiene otros bienes de fortuna. Que no ha viajado al exterior y que sus ingresos le alcanzan para la subsistencia del grupo familiar, por lo que no estaría en condiciones de afrontar los gastos del proceso principal. Así lo expresaron los testigos, Sres. María Veronica Stelzer, Pablo Andres Stelzer, y José Luis Baglione; cuyas declaraciones se agregaron el 28/11/2024 y su ratificación en 17/12/2024. La prueba informativa ofrecida por la demanda se tuvo por desistida mediante resolución de fecha 17/2/2025." "IV
- Las costas se imponen en el orden causado, dado que no hubo oposición." "I
- Conceder al actor GERARDO DANIEL FUNES el beneficio de litigar sin gastos, con el alcance que determina el art. 84 del C.P.C.C.; pudiendo en consecuencia, litigar en el juicio de indemnización por daños y perjuicios contra el Sr. OCARIZ JOAQUIN J, SEGUROS MEDICOS S.A, FEDERACION PATRONAL y T.P.C. COMPANIA DE SEGUROS sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 ya citado."

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