BANCO DE LA PROVINCIA E BUENOS AIRES C/ MARVISIO ENZO S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por cobro de saldo de tarjeta de crédito y préstamo por $1.513.848,28. El Tribunal dictó orden de ejecución, declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones y fijó mecanismo de actualización (IPC y luego CER) y tasa del 9% anual sobre el capital actualizado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. Sergio Conti.
Demandado: Sr. Enzo Marvisio.
Objeto: Ejecución de deuda por $1.513.848,28 (mutuo $1.000.000 vencido 30/04/2025 y tarjetas Visa $513.848,28 con fecha de mora 06/10/2025), más intereses desde las fechas de mora, costos y costas.
Decisión: Se tenía por perdido al ejecutado el derecho a oponer excepciones; se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado con aplicación del mecanismo de actualización (IPC hasta último mes publicado y luego CER) y tasa de interés pura del 9% anual; costas a la parte demandada; domicilio constituido en los estrados del Juzgado; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"En virtud de lo dispuesto por el artículo 498 del CPCC, no habiéndose presentado el demandado a oponer excepciones conforme lo dispuesto por el art. 542 del mismo cuerpo normativo, dentro del plazo legal que se encuentra vencido, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar en tiempo oportuno (art. 540 del CPCC.)."
"En consecuencia, siendo que el título base de la ejecución reúne los requisitos para considerarlo título ejecutivo (art. 58 de la Ley 14.967), corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga a la emplazante íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millón Quinientos Trece Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 28/100 ($ 1.513.848,28), con más intereses desde la fecha de mora, costos y costas del proceso."
"Que, en cuanto a los intereses a aplicar, tratándose de intereses 'pactados', los mismos se aplicarán desde las distintas fechas de mora ocurridas el día 06/10/2025 por la suma de $ 513.848,28 (Visa) y el día 30/04/2025 por la suma de $ 1.000.000 (Mutuo), y hasta el efectivo pago. De manera que, a la suma reclamada corresponde aplicar los accesorios pactados, los cuales no podrán superar al resultado que se obtenga de aplicar al capital receptado en la sentencia: el IPC desde el día de la mora 06/10/2025 por la suma de $ 513.848,28 (Visa) y el día 30/04/2025 por la suma de $ 1.000.000 (Mutuo), hasta el mes de última publicación del mismo, y desde entonces, hasta el día en que se practique la liquidación, el CER publicado por el B.C.R.A. Al capital actualizado por dicho mecanismo, se le aplicará la tasa de interés pura del 9% anual, desde la fecha de mora, hasta su efectivo pago (Conf. Excma. Cámara de Apelaciones Departamental en autos Engenus SRL c/ Mateu s/ Cobro ejecutivo, expte nro. 6817/2024; resolución de fecha 25/3/2025)."
Bloque dispositivo (resumen de lo resuelto por mayoría):
"1) Dar a la parte ejecutada por perdido el derecho a oponer excepciones (arts. 540, 542 del CPCC.).
2) Mandar a llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada Sr. Enzo Marvisio haga acreedor al Banco de la Provincia de Buenos Aires íntegro pago del capital nominal reclamado ... $ 1.513.848,28, con más los intereses pactados... el IPC ... y desde entonces ... el CER ... Al capital actualizado ... tasa de interés pura del 9% anual...
3) Costas a la parte demandada...
5) Teniendo por constituido en los estrados del Juzgado el domicilio de la parte demandada..."
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