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TELLO JOSE LUIS C/ ZARLENGA WALTER ANSELMO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios por agresión con pala que le ocasionó fractura y secuelas en la mano derecha. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $11.780.000 por daño emergente, incapacidad sobreviniente, tratamiento psicológico y daño extrapatrimonial, más intereses y costas.

Danos y perjuicios Agresion fisica Responsabilidad civil Incapacidad sobreviniente Dano psiquico Tratamiento psicologico Interes tim Rebeldia Juicio de primera instancia Indemnizacion cuantificada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: José Luis Tello. Demandado: Walter Anselmo Zarlenga. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios extracontractuales derivados de un hecho del 15/10/2024 — agresión con una pala que provocó fractura y secuelas — por la suma reclamada inicialmente de $45.080.818,66 y rubros desglosados (daño emergente, incapacidad, daño psíquico y tratamiento, lucro cesante, daño moral). Decisión: Se hizo lugar a la demanda en su totalidad respecto de responsabilidad y a la indemnización por los rubros considerados probados; se condena a Zarlenga a pagar $11.780.000 (desglosados: daño emergente $600.000; incapacidad sobreviniente $7.200.000; tratamiento psicológico $480.000; daño extrapatrimonial $3.500.000). Se rechazó el rubro lucro cesante. Se imponen intereses según la modalidad fijada y costas a la parte demandada (con costas del actor por el rubro rechazado). Regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En consecuencia, quedó acreditado que el día 15 de octubre de 2024, siendo aproximadamente las 13:45hs., cuando el Sr. José Luis Tello, se encontraba trabajando, en calle Pastor Bauman entre calles Honduras y Camino del Resero de Junín, arribó al lugar el demandado Sr. Walter Anselmo Zarlenga, quien golpeó al actor con una pala, produciéndole lesiones (arts. 330, 56, 60, 375, 415 y cc. del CPCC. y pliego de posiciones agregado en la presentación electrónica de fecha 31/3/2026)."
- "En consecuencia, quedó acreditado que el Sr. Walter Anselmo Zarlenga fue el autor del hecho del que resultó víctima y lesionado el Sr. José Luis Tello, por lo que corresponde hacerlo civilmente responsable frente a los perjuicios reclamados. (arts. 275, 278, 490 inc. e, 1749 y cc. del CC. y CN.)."
- Sobre la prueba por rebeldía y confesión ficta: "Debe tenerse en cuenta que el rebelde ha guardado silencio cuando había obligación de explicarse, por lo que pueden tenerse por ciertos los hechos lícitos articulados en la demanda... la confesión ficta... cuya virtualidad probatoria, no es de plena prueba (art. 417 del C.P.C.C.)," (se valora en correlación con el resto de las pruebas).
- Sobre la incapacidad y su cuantificación: "en virtud de lo establecido por los peritos estimo que la incapacidad sobreviniente, por incapacidad psíquica y física, debe quedar determinada en el 10% de la total obrera... en aplicación de los parámetros reseñados... fijo la indemnización por el daño patrimonial derivado de la incapacidad física y psíquica... en la suma total de pesos siete millones doscientos mil ($ 7.200.000,00) (900.000 + 6.300.000)".
- Sobre intereses aplicables: "corresponde disponer que a los montos de condena se les aplique la tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del hecho, ocurrido el día 15 de octubre de 2024 (desde la fecha de éste pronunciamiento para el rubro tratamiento psicológico), hasta la fecha de esta sentencia y partir de entonces y hasta el efectivo pago la tasa moratoria (TIM) publicada por el BCRA (arts. 768 inc. c) y 772 CCyC)."
- Texto del dispositivo (FALLO): "1) Haciendo lugar a la demanda por daños y perjuicios entablada por el Sr. José Luis Tello contra el Sr. Walter Anselmo Zarlenga, condenando al accionado a abonar dentro de los 10 días de notificado de la presente al actor la suma de pesos once millones setecientos ochenta mil ($ 11.780.000,00), en concepto de daño emergente ($ 600.000,00), incapacidad sobreviniente ($ 7.200.000,00), tratamiento psicológico ($ 480.000,00) y daño extrapatrimonial ($ 3.500.000,00) ... 2) Rechazando el rubro lucro cesante... 3) A las sumas detalladas precedentemente se les adicionarán los intereses en la forma detallada en el punto XI... 4) Imponer las costas a la parte demandada que resulta vencida. En cuanto al rubro íntegramente rechazado en el presente, corresponde que las costas sean impuestas a la parte actora..."
- (No hubo votos en disidencia; resolución por un único juez de primera instancia).
- Montos y fechas relevantes: hecho el 15/10/2024; demanda presentada 12/08/2025; rebeldía decretada 18/09/2025; audiencia vista 01/04/2026; sentencia de fecha 10/08/2026; condena $11.780.000 con detalle de rubros y régimen de intereses (6% anual hasta sentencia; TIM luego).

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