BANEGAS ALEXIS FRANCO MARCELO Y OTRO/A C/ QUIROGA ADRIANA EDITH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios por siniestro vial en intersección; se condena en primera instancia al automovilista y a la aseguradora en forma solidaria por daños materiales y gastos médicos, por entender que el automóvil ingresó a una avenida sin respetar la prioridad de paso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Alexis Franco Marcelo Banegas y Elisa del Valle Córdoba.
Demandado: Adriana Edith Quiroga; Mariano Hernán Angelis Balcarse; Jorge Mario Farías; y se cita en garantía a Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A.
Objeto: Reparación integral por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 27/11/2023, incluyendo reparación de la motocicleta, privación de uso, pérdida de valor venal, gastos médicos, incapacidad sobreviniente, daño psicológico y moral, entre otros; monto reclamado inicial $7.123.771,73 (o $3.438.051,26 según distintos apartados).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda en forma parcial y condenó a los demandados (y a la aseguradora citada en garantía) en forma solidaria a pagar $804.483,36 (detallados), más intereses conforme se indica; se rechazaron los rubros incapacidad sobreviniente, daño psicológico, daño moral y daño material (celular).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original del tribunal):
"Palmariamente surge de la prueba pericial que el conductor de el vehículo Chevrolet Meriva, circulando por calle Catamarca, realizó una maniobra descuidada e inició el cruce por la encrucijada con Av. Urquiza de la ciudad de Chacabuco (B), no poseyendo en la oportunidad la prioridad de paso (art. 41 de la ley 24.449) cruzándose en el sentido de circulación de la motocicleta conducida por el Sr. Alexis Franco Marcelo Banegas, provocando el impacto (art. 384, 456, 474 del CPCC.)."
"Todo lo cual indica que no tuvo el demandado ni la diligencia, ni la prudencia suficiente para dominar el vehículo y evitar el siniestro; por lo que concluyendo, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, que el desarrollo de los hechos, se debió a una violación de una elemental regla de prudencia por parte del conductor del automotor marca Chevrolet, modelo Meriva, dominio KIH049 (arts. 36, 39, 40, 41, 42, 50 de ley 24.449, 384 del CPCC.)."
"1) Haciendo lugar a la demanda de daños y perjuicios entablada por la Sra. Elisa del Valle Córdoba y el Sr. Alexis Franco Marcelo Banegas contra la Sra. Adriana Edith Quiroga, el Sr. Mariano Hernán Angelis Balcarse y el Sr. Jorge Mario Farías, condenando al demandado a abonar a la actora, dentro de los 10 días de notificados de la presente, la suma de Pesos Ochocientos Cuatro Mil Cuatrocientos Ochenta y Tres con 36/100 ($804.483,36); integrado por los siguientes conceptos correspondientes a la Sra. Elisa del Valle Córdoba la suma de $764.483,36 comprensivos de: a) Gastos de reparación de motocicleta $ 732.483,36, b) privación de uso $20.000; c) Perdida de valor venal $12.000,00 y pertenecientes al Sr. Alexis Franco Marcelo Banegas, la suma de $40.000,00 comprensivos de: a) Gastos de atención médica..."
- Citas textuales importantes incluidas arriba. No hubo voto dividido que modifique el dispositivo; el bloque dispositvo es la decisión mayoritaria.
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