REYNOSO ROBERTO HUGO C/ M.C. CAIN ARGENTINA S.A. S/ DESPIDO
Reclamo laboral por despido e indemnizaciones por enfermedad e incapacidad. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la revisión limitada por valor procesal y por tratarse de cuestiones fácticas y de prueba no revisables en esta instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Roberto Hugo Reynoso.
Demandado: McCain Argentina S.A.
Objeto: Indemnización por despido (art. 247 LCT por remisión del art. 212), agravamiento indemnizatorio previsto en art. 16 de la ley 25.561 y demás rubros derivados del despido vinculado a enfermedad/incapacidad.
Decisión: La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la actora y confirmó la procedencia limitada de la resolución de grado (la Cámara de Trabajo había hecho lugar parcialmente a la demanda y rechazado el reclamo por art. 16 L. 25.561). Se impusieron costas conforme art. 289 CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El recurso no prospera."
"Dable es recordar que en el examen de admisibilidad del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (arts. 55, ley 11.653 aplicable al caso y 278, CPCC), solo ha de considerarse el valor de lo discutido en la instancia extraordinaria, con prescindencia del monto total de condena o de las pretensiones que han sido materia del litigio (causas L. 110.732, 'Bustos', sent. de 1-VII-2015; L. 118.764, 'Gómez', sent. de 10-VIII-2016 y L. 118.278, 'Castellanos', sent. de 16-VIII-2017). Luego, debe señalarse en este liminar punto, que -contrariamente a lo sostenido por el recurrente (v. rec., pto. 3.1.2.; fs. 186)
- circunscriptos a los concretos cuestionamientos traídos, el valor del litigio no supera el monto mínimo para recurrir fijado por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial a la fecha de su interposición. Siendo ello así, la función revisora de esta Corte debe limitarse a verificar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal, violación que se configura cuando este Tribunal ha establecido la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo impugnado la transgrede, precisamente, en un caso similar (causas L. 123.858, 'Bueno', sent. de 20-X-2021; L. 127.103, 'Borba', sent. de 27-VI-2023 y L. 129.677, 'Morgan', sent. de 3-VI-2024)."
"En ese marco restringido de revisión, dable es señalar que en lo concerniente al agravio dirigido a cuestionar el rechazo del rubro vinculado con el art. 16 de la ley 25.561, la exclusión de la hipótesis habilitante de la excepción contenida en la norma del régimen procesal laboral se impone nítida, desde que el recurrente prescinde denunciar como vulnerada doctrina legal alguna (causas L. 124.037, 'López', sent. de 31-V-2021; L. 125.939, 'Ostertag', sent. de 27-III-2023; L. 127.286, 'Riveros', sent. de 7-IX-2023 y L. 129.289, 'Carro Aguilar', sent. de 13-VI-2026)."
"En cuanto a la crítica relacionada con el distracto, no obstante invocar jurisprudencia de esta Corte, en verdad el recurrente solo pretende traer a inspección del Tribunal cuestiones de índole fáctica y probatoria, que desbordan el acotado marco de revisión por el que transita el recurso (causas L. 120.539, 'Gauna', sent. de 6-XI-2019; L. 121.213, 'Roldan', sent. de 12-II-2020 y L. 122.636, 'Romero', sent. de 15-VI-2022)."
Bloque dispositivo final (decisión de la mayoría):
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, con costas (art. 289, CPCC)."
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