ZABALA, JOSEFA FRANCISCA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales reclamado por la actora frente a ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y del artículo 3 del DNU N° 157/2018, revocó la aplicación de “Weskamp” y obligó a la demandada al pago de costas de alzada.
¿Quién es el actor?
ZABALA, JOSEFA FRANCISCA.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016; revocó la aplicación de “Weskamp” conforme a los precedentes “MULLER” y “GOTTIG”; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; y reguló honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016 y aplicar la doctrina sustentada por la CSJN en autos 'Makler, Simón'."
"En lo relativo a la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación..."
"En mérito del Acuerdo que antecede, SE RESUELVE: I) Confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes mencionados. II) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del Decreto N° 807/2016. III) Revocar la aplicación de 'Weskamp' conforme lo dispuesto en los precedentes 'MULLER' y 'GOTTIG' mencionados. IV) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423. V) Regular los honorarios... en el 30%..."
- Disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda expresó disidencia respecto de la solución sobre la movilidad (remitiéndose a otro precedente y discrepando con la solución propuesta por las preopinantes), pero la decisión de la Cámara se forma por el Acuerdo mayoritario plasmado en la parte resolutiva.
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