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TULA, WENSESLAO DEMETRIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Tula reclamó el recálculo de su haber jubilatorio y la ANSeS apeló las pautas de redeterminación y movilidad. La Cámara rechazó la mayoría de los agravios de ANSeS, confirmó la redeterminación y el diferimiento sobre la PBU, y hizo lugar parcialmente a un agravio relativo al reajuste por movilidad con los alcances del precedente Alaniz.

Anses Jubilacion Redeterminacion de haber Movilidad Pbu Ley 27.260 Ley 27.609 Costas Precedentes alaniz Blanco


¿Quién es el actor?

Wenseslao Demetrio Tula.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo por redeterminación del haber inicial jubilatorio, reajustes por movilidad, y recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó los agravios de ANSeS respecto del recálculo del haber inicial y su posterior movilidad y confirmó lo resuelto en primera instancia sobre esos puntos; rechazó el agravio relativo a la aplicación de índices de la ley 27.260/16 (con arreglo al precedente Blanco); hizo lugar parcialmente a un agravio de ANSeS sobre el reajuste por movilidad (con los alcances del precedente Alaniz); remitió la cuestión de la fórmula prevista en la ley 27.609 al precedente Colina; confirmó el diferimiento del análisis del recálculo de la PBU para la etapa de liquidación; y condenó en costas a ANSeS en ambas instancias por el principio objetivo de la derrota.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia): "En efecto, no se encuentra controvertido en autos que el señor Wenseslao Demetrio Tula obtuvo el beneficio de jubilación bajo el régimen previsto por la ley 24.241 con fecha inicial de pago el 22/8/08 (cfr. sentencia apelada). Por ello, de acuerdo con los argumentos expuestos en el antecedente referido, corresponde desestimar los agravios dirigidos a cuestionar las pautas establecidas para el recálculo del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad del haber del accionante." "Que en cuanto a la aplicación de los índices previstos en la ley 27.260, el decreto 807/16 y la resolución de la Secretaría de la Seguridad Social N° 6/16, cabe remitirse a los argumentos expuestos por esta Sala en la sentencia dictada en autos 'Sánchez Ruiz, Jorge Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios'... que coinciden, además, con el criterio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallo del 18/12/18. En consecuencia, también será desestimado el planteo formulado sobre dicho aspecto." "Que con relación a los agravios de las partes referidos al diferimiento del análisis sobre la procedencia de la actualización de la PBU, corresponde confirmar lo resuelto por el juez de grado sobre el punto y diferir para la etapa de ejecución el tratamiento de la cuestión... a cuyo fin deberán tenerse en cuenta las pautas dadas por esta Sala I en autos 'Soule, Humberto Neri c/ ANSeS s/ reajustes varios'..."
- Disidencias relevantes: no consta voto en disidencia que modifique lo resuelto por mayoría; el voto del Dr. Renato Rabbi Baldi Cabanillas adhirió a la imposición de costas por el art. 36 de la ley 27.423.

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