PETROLI, ROBERTO RAUL c/ ANSES (ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL) s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales reclamado por el actor contra ANSeS por redeterminación de haber inicial y actualización de componentes (PBU, PC y PAP). La Cámara Federal de Resistencia rechazó la apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, sustentando la aplicación de precedentes de la CSJN (Makler, Quiroga, Elliff, Blanco) y fijando pautas sobre intereses, topes y retención del impuesto a las ganancias.
¿Quién es el actor?
PETROLI, Roberto Raúl (demandante/jubilado).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haber previsional —redeterminación del haber inicial por aportes en carácter de autónomo; actualización de componentes del haber (PBU, PC, PAP); aplicación de la Ley N° 27.609 y de intereses moratorios; retención por impuesto a las ganancias; costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue motivo del recurso. Se impusieron las costas de Alzada a la demandada y se difirió la regulación de honorarios del letrado de la parte actora para su oportunidad.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
1) "En cuanto a la crítica respecto de la redeterminación del haber inicial de los aportes efectuados en carácter de autónomo, corresponde confirmar lo resuelto en orden a la actualización de los servicios -efectivamente aportados-, conforme las pautas de “Makler, Simón”, según la cual deben computarse todos los años y categorías sin límite de años. Dicho precedente ratificó lo decidido por la Cámara de la Seguridad Social (Sala II) el 20/05/2003, en cuanto al método adecuado para garantizar la movilidad y ajuste de los montos previsionales para adecuarlos a la manda de los arts. 14 bis, 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales que han adquirido rango constitucional (art. 75 inciso 22)."
2) "En cuanto al agravio expuesto en cuanto no corresponde la actualización del componente PBU en virtud de la fecha de adquisición del beneficio, cabe destacar que este Tribunal entiende que conforme los lineamientos del precedente “Quiroga, Carlos Alberto” (Fallos: 337:1277) -al que reiteradamente se acude en esta instancia
- no surge que el Máximo Tribunal hubiera limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición como sostiene la apelante. El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber, en razón de las características que distinguen a dicha prestación."
3) "En cuanto a la cuestión suscitada respecto de la retención del impuesto a las ganancias, corresponde aplicar los lineamientos expuestos en autos 'García, María Isabel' (Fallos: 342:411), donde el Alto Tribunal se expidió ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la demandante'."
- Disidencias: No existen votos que alteren la parte resolutiva; las Dras. Patricia Beatriz García y María Virginia Ise adhieren al voto preopinante (no hay decisión en minoría que modifique lo resuelto).
Fechas y datos relevantes: Sentencia de primera instancia de fecha 20/04/2026 (hizo lugar parcialmente a la demanda). Fecha de adquisición del beneficio del actor: 28/09/2023. Fecha de resolución de la Alzada: 03/09/2026.
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