SOMOZA, ELENA BEATRIZ c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERA (ARCA-EX AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad y reclamo de devolución por impuesto a las ganancias sobre jubilaciones. La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de grado, imponiendo costas a la apelante y regulando honorarios del letrado de la actora en un 33%.
¿Quién es el actor?
SOMOZA, Elena Beatriz.
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación y Control Aduanera (ARCA
- ex AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad de artículos de la Ley 20.628 (impuesto a las ganancias) que gravan jubilaciones, cese de retenciones y devolución de los importes retenidos de los cinco años no prescriptos con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y se confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la acción interpuesta (declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen cuestionado y ordenó reintegro de las sumas retenidas); se impusieron las costas de la instancia a la apelante vencida y se regularon los honorarios del letrado de la parte actora en un 33% de lo que oportunamente se regule en la instancia a quo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que, al analizar la apelación de costas de la accionada, cabe recordar que el artículo 70 del CPCCN fija que, en caso de allanamiento, 'No se impondrán costas al vencido: 1) Cuando hubiese reconocido oportunamente como fundadas las pretensiones de su adversario allanándose a satisfacerlas, a menos que hubiere incurrido en mora o que por su culpa hubiere dado lugar a la reclamación…'."
"Aclarado lo anterior, cabe destacar que ARCA obligó al accionante a recurrir a los estrados judiciales para satisfacer su pretensión. Por otro lado, la demandada resultó condenada en la presente causa y el tema sobre el cual se decidió carece de la novedad o complejidad suficiente para receptar sus argumentos en virtud de que la jurisprudencia de la CSJN citada data del año 2019 (ver fallos 342:411). Por lo dicho, se rechaza el recurso y se confirma la imposición de costas por los argumentos aquí expresados."
"La presente causa, no puede considerarse susceptible de apreciación pecuniaria, en razón de que la pretensión principal de la accionante fue la declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la ley de impuesto a las ganancias que gravan sus jubilaciones, y no un reclamo de sumas de dinero o repetición de impuestos; en consecuencia, no es aplicable el art. 21, y torna plena operatividad el art. 48, por lo que no resulta acertada la decisión de la Juez a quo." (este párrafo integra el análisis respecto de la regulación de honorarios y motivó una decisión en el acuerdo anterior; sin embargo, el bloque final confirma la sentencia y regula honorarios en un 33%).
- Disidencia: Hay expresa mención de disidencia parcial del Dr. Mateo José Busaniche en el expediente, en la que sostuvo que la pretensión era susceptible de cuantificación y que correspondía rechazar el recurso y confirmar íntegramente la resolución; esa disidencia parcial figura como tal y no modifica la decisión de la mayoría que consta en la parte resolutiva final.
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